Art. 903. Creación del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación - SIMPLE.

Nota 1. Créese a partir del 1 de enero de 2020 el impuesto unificado que se pagará bajo el régimen simple de tributación - SIMPLE, con el fin de reducir las cargas formales y sustanciales, impulsar la formalidad y, en general, simplificar y facilitar el cumplimiento de la obligación tributaria de los contribuyentes que voluntariamente […]

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Art. 904. Hecho generador y base gravable del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación - SIMPLE.

Nota 1. El hecho generador del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación­ simple es la obtención de ingresos susceptibles de produir un incremento en el patrimonio, su base gravable está integrada por la totalidad de los ingresos brutos, ordinarios y extraordinarios, percibidos en el respectivo periodo gravable. Para el caso del impuesto de […]

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Art. 905. Sujetos pasivos

Nota 1. Podrán ser sujetos pasivos del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -SIMPLE- las personas naturales o jurídicas que reúnan la totalidad de las siguientes condiciones: 1. Que se trate de una persona natural que desarrolle una empresa o de una persona jurídica en la que sus socios, partícipes o accionistas sean […]

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Art. 906. Sujetos que no pueden optar por el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación - SIMPLE.

Nota 1. No podrán optar por el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación - SIMPLE: 1. Las personas jurídicas extranjeras o sus establecimientos permanentes. 2. Las personas naturales sin residencia en el país o sus establecimientos permanentes. 3. Las personas naturales residentes en el país que en el ejercicio de sus actividades configuren […]

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Art. 907. Impuestos que comprenden e integran el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -SIMPLE-.

Nota 1. El impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -SIMPLE- comprende e integra los siguientes impuestos: 1. Impuesto sobre la renta; 2. Impuesto nacional al consumo, cuando se desarrollen servicios de expendio de comidas y bebidas; 3. Impuesto de industria y comercio consolidado, de conformidad con las tarifas determinadas por los consejos municipales […]

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Art. 908. Tarifa

Nota 1. (Nuevo texto Ley 2277 de 2022) La tarifa del impuesto unificado bajo el reglmen simple de tributación SIMPLE- depende de los ingresos brutos anuales y de la actividad empresarial, así: 1. Tiendas pequeñas, mini-mercados, micro-mercados y peluquería:   Ingresos brutos anuales Tarifa SIMPLE Consolidada Igual o superior (UVT) Inferior (UVT) 0 UVT 6.000 UVT […]

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Art. 909. Inscripción al impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación - SIMPLE.

Nota 1. Modificado ley 2155 de 2021. Las personas naturales o jurídicas que pretendan optar por acogerse al impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación – SIMPLE y cuenten con inscripción en el Registro Único Tributario (RUT) deberán hacerlo mediante la actualización en este mecanismo de la responsabilidad como contribuyentes del SIMPLE hasta el […]

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Art. 910. Declaración y pago del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación - SIMPLE.

Nota 1. Los contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación ­SIMPLE deberán presentar una declaración anual consolidada dentro de los plazos que fije el Gobierno nacional y en el formulario simplificado señalado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN mediante resolución. Lo anterior sin perjuicio del pago del anticipo […]

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Art. 911. Retenciones y autorretenciones en la fuente en el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación - SIMPLE.

NOta 1. Los contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -SIMPLE- no estarán sujetos a retención en la fuente y tampoco estarán obligados a practicar retenciones y autorretenciones en la fuente con excepción de las correspondientes a pagos laborales. En los pagos por compras de bienes o servicios realizados por los contribuyentes […]

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Art. 912. Crédito o descuento del impuesto por ingresos por tarjetas de crédito, débito y otros mecanismos de pagos electrónicos.

Nota 1. Los pagos o abonos en cuenta susceptibles de constituir ingreso tributario para los contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -SIMPLE-, por concepto de ventas de bienes o servicios rea'lzadas a través de los sistemas de tarjetas de crédito y/o débito y otros mecanirmos de pagos electrónicos, generarán un crédito […]

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