Índice
- Adicional. Incentivos a la financiación de vivienda de interés social subsidiable.
- 1. Origen de la obligación sustancial.
- 2. Contribuyentes.
- 3. Responsables.
- 4. Sinónimos.
- 5. El impuesto sobre la renta y sus complementarios constituyen un solo impuesto.
- 6. Declaración Voluntaria del Impuesto sobre la Renta.
- 7. Las personas naturales están sometidas al impuesto.
- 8. Los cónyuges se gravan en forma individual.
- 9. Impuesto de las personas naturales, residentes y no residentes.
- 10. Residencia para efectos tributarios.
- 11. Bienes destinados a fines especiales.
- 12. Sociedades y entidades sometidas al impuesto.
- 12-1. Concepto de sociedades y entidades nacionales para efectos tributarios.
- 13. Sociedades limitadas y asimiladas.
- 14. Las sociedades anónimas y asimiladas están sometidas al impuesto.
- 14-1. Efectos tributarios de la fusión de sociedades.
- 14-2. Efectos tributarios de la escisión de sociedades.
- 15. Entidades cooperativas que son contribuyentes.
- 16. Entidades contribuyentes.
- 17. Los fondos públicos y telecom son contribuyentes.
- 18. Contratos de colaboración empresarial.
- 18-1. Fondos de inversión de capital extranjero.
- 19. Contribuyentes del régimen tributario especial.
- 19-1. Retención en la fuente sobre rendimientos financieros a cargo de contribuyentes del régimen tributario especial.
- 19-2. Otros contribuyentes del impuesto sobre la renta.
- 19-3. Otros contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios.
- 19-4. Tributación sobre la renta de las cooperativas.
- 19-5. Otros contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios.
- 20. Las sociedades extranjeras son contribuyentes.
- 20-1. Establecimiento permanente.
- 20-2. Tributación de los establecimientos permanentes y sucursales.
- 21. Concepto de sociedad extranjera.
- 21-1. Adicionado Ley 1819 de 2016
- 22. Entidades que no son contribuyentes.
- 23. Otras entidades no contribuyentes declarantes.
- 23-1. No son contribuyentes los fondos de capital privado, los fondos de inversión colectiva y otros.
- 23-2. No son contribuyentes los fondos de pensiones y los de cesantías.
- 24. Ingresos de fuente nacional.
- 25. Ingresos que no se consideran de fuente nacional.
- 26. Los ingresos son base de la renta liquida.
- 27. Realización del ingreso para los no obligados a llevar contabilidad.
- 28. Realización del ingreso para los obligados a llevar contabilidad.
- 28 -1. Transacciones que generan ingresos que involucran más de una obligación.
- 29. Valor de los ingresos en especie.
- 30. Definición de dividendos o participaciones en utilidades.
- 31. Valor de los ingresos en acciones y otros títulos.
- 32. Tratamiento tributario de los contratos de concesión y asociaciones público privadas.
- 32-1. Ingreso por diferencia en cambio.
- 33. Tratamiento tributario de instrumentos financieros medidos a valor razonable.
- 33-1. Tratamiento tributario de instrumentos financieros medidos a costo amortizado.
- 33-2. Tratamiento del factoraje o factoring para efectos impuesto sobre la renta y complementarios.
- 33-3. Tratamiento tributario de las acciones preferentes.
- 33-4. Tratamiento de las operaciones de reporto o repo, simultáneas y de transferencia temporal de valores.
- 34. Ingresos de las madres comunitarias.
- 35. Las deudas por préstamos en dinero entre las sociedades y los socios generan intereses presuntivos.
- 35-1. Límite a los ingresos no constitutivos de renta.
- 36. Prima en colocación de acciones o de cuotas sociales.
- 36-1. Utilidad en la enajenación de acciones.
- 36-2. Distribución de utilidades o reservas en acciones o cuotas de interés social.
- 36-3. Capitalizaciones no gravadas para los socios o accionistas.
- 36-4. Procesos de democratización.
- 37. Utilidad en venta de inmuebles.
- 38. El componente inflacionario de los rendimientos financieros percibidos por personas naturales y sucesiones ilíquidas.
- 39. Componente inflacionario de los rendimientos financieros que distribuyan los fondos de inversión, mutuos de inversión y de valores.
- 40. El componente inflacionario en rendimientos financieros percibidos por los demás contribuyentes.
- 40-1. Componente inflacionario de los rendimientos financieros.
- 41. Componente inflacionario de rendimientos y gastos financieros.
- 42. Recompensas.
- 43. Los premios en concursos nacionales e internacionales.
- 44. La utilidad en la venta de casa o apartamento de habitación.
- 45. Las indemnizaciones por seguro de daño.
- 46. Apoyos económicos no constitutivos de renta ni de ganancia ocasional.
- 46-1. Indemnizaciones por destrucción o renovación de cultivos, y por control de plagas.
- 47. Los gananciales.
- 47-1. Donaciones para partidos, movimientos y campañas políticas.
- 47-2. Prima de Localización y vivienda.
- 48. Participaciones y dividendos.
- 49. Determinación de los dividendos y participaciones no gravados.
- 50. Utilidades en ajustes por inflación o por componente inflacionario.
- 51. La distribución de utilidades por liquidación.
- 52. Incentivo a la capitalización rural (ICR).
- 53. Aportes de entidades estatales, sobretasas e impuestos para financiamiento de sistemas de servicio público de transporte masivo de pasajeros.
- 54. Pagos por intereses y servicios técnicos en zonas francas.
- 55. Aportes obligatorios al sistema general de pensión.
- 56. Aportes obligatorios al sistema general de salud.
- 56-1. Aportes a los fondos de pensiones y pago de las pensiones.
- 56-2. Aportes del empleador a fondos de cesantías.
- 57. Exoneración de impuestos para la zona del nevado del ruiz.
- 57-1. Ingresos no constitutivos de renta o ganancia ocasional.
- 57-2. Tratamiento tributario recursos asignados a proyectos calificados como de carácter científico, tecnológico o de innovación.
- 58. Realización del costo para los no obligados a llevar contabilidad.
- 59. Realización del costo para los obligados a llevar contabilidad.
- 60. Clasificación de los activos enajenados.
- 61. Naturaleza de los activos distribuidos en liquidaciones de sociedades limitadas.
- 62. Sistema para establecer el costo de los inventarios.
- 63. Limitación a la valuación en el sistema de juego de inventarios.
- 64. Disminución del inventario.
- 65. Métodos de valoración de inventarios
- 66. Determinación del costo de los bienes muebles y de prestación de servicios.
- 66 -1. Determinación del costo de mano de obra en el cultivo del café.
- 67. Determinación del costo de los bienes inmuebles.
- 68. Costo fiscal de activos.
- 69. Determinación del costo fiscal de los elementos de la propiedad, planta y equipo y propiedades de inversión
- 69-1. Determinación del costo fiscal de los activos no corrientes mantenidos para la venta.
- 70. Ajuste al costo de los activos fijos.
- 71. Utilidad en la enajenación de inmuebles.
- 72. Avaluó como costo fiscal.
- 73. Ajuste de bienes raíces, acciones y aportes que sean activos fijos de personas naturales.
- 74. Costo fiscal de los activos intangibles.
- 74-1. Costo fiscal de las inversiones.
- 75. Costo fiscal de los bienes incorporales formados.
- 76. Costo promedio de las acciones.
- 76-1. Ajuste al costo fiscal de acciones y participaciones.
- 77. Requisitos para su aceptación.
- 78. Paz y salvo por cuotas de fomento arrocero, cerealista y cacaotero.
- 79. Determinación del valor de los pagos en especie que constituyen costo.
- 80. Determinación del valor de costos en divisas extranjeras.
- 81. Parte del componente inflacionario no constituye costo.
- 81-1. Componente inflacionario que no constituye costo.
- 82. Determinación de costos estimados y presuntos.
- 83. Determinación del costo de venta en plantaciones de reforestación.
- 84. Determinación del costo en venta de acciones de sociedades anónimas abiertas.
- 85. No deducibilidad de los costos originados en pagos realizados a vinculados economicos no contribuyentes.
- 85-1. Limitación de costos y gastos para usuarios de zonas francas.
- 86. Prohibición de tratar como costo el impuesto a las ventas.
- 87. Limitación de los costos a profesionales independientes y comisionistas.
- 87-1. Otros gastos originados en la relación laboral no deducibles.
- 88. Limitación de costos por compras a proveedores ficticios o insolventes.
- 88-1. Desconocimiento de costos y gastos por campañas de publicidad de productos extranjeros.
- 89. Composición de la renta bruta.
- 90. Determinación de la renta bruta en la enajenación de activos.
- 90-1. Valor de enajenación de los bienes raíces.
- 90-2. Saneamiento de bienes raíces.
- 90-3. Enajenaciones indirectas.
- 91. La renta bruta de los socios o accionistas es la parte gravable de los dividendos o participaciones percibidos.
- 92. Activos biológicos
- 93. Tratamiento de los activos biológicos productores.
- 94. Tratamiento de los activos biológicos consumibles.
- 95. Renta bruta especial en la enajenación de activos biológicos
- 96. Renta bruta en compañías de seguros de vida.
- 97. Renta bruta en compañías de seguros generales.
- 98. Reserva matemática y reserva técnica.
- 99. Ingresos netos y primas netas.
- 100. Determinación de la renta bruta en contratos de renta vitalicia.
- 101. Las sumas pagadas como renta vitalicia son deducibles.
- 102. Contratos de fiducia mercantil.
- 102-1. Titularización.
- 102-2. Distribución de los ingresos en el transporte terrestre automotor.
- 102-3. Distribución de los ingresos en las cooperativas de trabajo asociado.
- 102-4. Ingresos brutos derivados de la compra venta de medios de pago en la prestación de servicios de telefonía móvil.
- 103. Rentas de trabajo
- 104. Realización de las deducciones para los no obligados a llevar contabilidad
- 105. Realización de la deducción para los obligados a llevar contabilidad.
- 106. Valor de los gastos en especie.
- 107. Las expensas necesarias son deducibles.
- 107-1. Limitación de deducciones.
- 107-2. Deducciones por contribuciones a educación de los empleados.
- 108. Los aportes parafiscales son requisito para la deducción de salarios.
- 108-1. Deducción por pagos a viudas y huerfanos de miembros de las fuerzas armadas muertos en combate, secuestrados o desaparecidos.
- 108-2. Prueba de requisitos para la deducción por pagos a viudas y huérfanos de miembros de las fuerzas armadas.
- 108-3. Cuotas de manejo de tarjetas.
- 108-4. Tratamiento tributario de los pagos basados en acciones.
- 108-5 Deducción del primer empleo.
- 109. Deducción de cesantías pagadas.
- 110. Deducción de cesantías consolidadas.
- 111. Deducción de pensiones de jubilación e invalidez.
- 112. Deducción de la provision para el pago de futuras pensiones.
- 113. Como se determina la cuota anual deducible de la provisión.
- 114. Deducción de aportes.
- 114 - 1. Exoneración de aportes.
- 115. Deducción de impuestos pagados y otros.
- 115-1. Deducción para las prestaciones sociales, aportes parafiscales e impuestos.
- 115-2. Deducción especial del impuesto sobre las ventas.
- 116. Deducción de impuestos, regalías y contribuciones pagados por los organismos descentralizados.
- 117. Deducción de intereses.
- 118. El componente inflacionario no es deducible.
- 118-1 . Subcapitalización.
- 119. Deducción de intereses sobre préstamos educativos del ICETEX y para adquisición de vivienda.
- 120. Limitaciones a pagos de regalias por concepto de intangibles
- 121. Deducción de gastos en el exterior.
- 122. Limitación a las deducciones de los costos y gastos en el exterior.
- 123. Requisitos para su procedencia.
- 124. Los pagos a la casa matriz son deducibles.
- 124-1. Otros pagos no deducibles.
- 124-2. Pagos a jurisdicciones no cooperantes, de baja o nula imposición y a entidades pertenecientes a regímenes tributarios.
- 125. Incentivo a la donación del sector privado en la red nacional de bibliotecas públicas y biblioteca nacional.
- 125-1. Requisitos de los beneficiarios de las donaciones.
- 125-2. Modalidades de las donaciones.
- 125-3. Requisitos para reconocer la deducción.
- 125-4. Requisitos de las deducciones por donaciones.
- 125-5. Donaciones a entidades no pertenecientes al régimen tributario especial.
- 126. Deducción de contribuciones a fondos mutuos de inversion y fondos de pensiones de jubilación e invalidez.
- 126-1. Deducción de contribuciones a fondos de pensiones de jubilación e invalidez y fondos de cesantías.
- 126-2. Deducción por donaciones efectuadas a la corporación general Gustavo matamoros D'Costa.
- 126-3. Deducciones por inversiones o donaciones para proyectos de investigación o desarrollo científico o tecnológico.
- 126-4. Incentivo al ahorro de largo plazo para el fomento de la construcción.
- 127. Beneficiarios de la deducción.
- 127-1. Contratos de leasing.
- 128. Deducción por depreciación.
- 129. Concepto de obsolescencia.
- 130. Constitución de reserva.
- 131. Base para calcular la depreciación.
- 131-1. Base para calcular la depreciación por personas jurídicas.
- 132. Opción para depreciar bienes adquiridos a partir de 1989.
- 133. Ajustes por inflación a la depreciación a partir del año 1992.
- 134. Métodos de depreciación.
- 135. Bienes depreciables.
- 136. Depreciación de bienes adquiridos en el año.
- 137. Limitación a la deducción por depreciación
- 138. Posibilidad de utilizar una vida útil diferente.
- 139. Depreciación de bienes usados.
- 140. Depreciación acelerada para fines fiscales.
- 141. Registro contable de la depreciación.
- 142. Deducción de inversiones.
- 143. Deducción por amortización de activos intangibles.
- 143-1. Amortización de las inversiones en la exploración, desarrollo y construcción de minas, y yacimientos de petróleo y gas.
- 144. Obligación del cumplimiento de los requisitos exigidos en la ley.
- 145. Deducción de deudas de dudoso o difícil cobro.
- 146. Deducción por deudas manifiestamente pérdidas o sin valor.
- 147. Compensación de pérdidas fiscales de sociedades.
- 148. Deducción por pérdidas de activos.
- 149. Pérdidas en la enajenación de activos.
- 150. Pérdidas sufridas por personas naturales en actividades agrícolas.
- 151. No son deducibles las pérdidas, por enajenación de activos a vinculados económicos.
- 152. No son deducibles las pérdidas, por enajenación de activos de sociedades a socios.
- 153. No es deducible la pérdida en la enajenación de acciones o cuotas de interés social.
- 154. Pérdida en la enajenación de plusvalía.
- 155. No son deducibles las pérdidas, por enajenación de bonos de financiamiento especial.
- 156. Las pérdidas no pueden afectar rentas de trabajo.
- 157. Deducción por inversiones en nuevas plantaciones, riegos, pozos y silos.
- 158. Deducción por amortización en el sector agropecuario.
- 158-1. Deducción por donaciones e inversiones en investigación, desarrollo tecnológico o innovación.
- 158-2. Deducción por inversiones en control y mejoramiento del medio ambiente.
- 158-3. Deducción por inversión en activos fijos.
- 159. Deducción por inversiones en evaluación y exploración de recursos naturales no renovables.
- 160. Deducción por exploración de petróleos en contratos vigentes al 28 de octubre de 1974.
- 161. Deducción por agotamiento en explotación de hidrocarburos, en contratos vigentes a octubre 28 de 1974.
- 162. Sistemas para su determinación.
- 163. Agotamiento normal a base de porcentaje fijo.
- 164. Determinación del valor bruto del producto natural.
- 165. Limitación a la deducción.
- 166. Deducción por factor especial de agotamiento en explotación de hidrocarburos.
- 167. Deducción por agotamiento en explotaciones de minas, gases.
- 168. Quienes tienen derecho a la deducción.
- 169. Factores que integran el costo.
- 170. Sistema para su determinación.
- 171. Deducción por amortización de inversiones en exploraciones de gases y minerales.
- 172. Amortización de inversiones efectuadas por Ecopetrol.
- 173. Las deducciones en plantaciones de reforestación.
- 174. Deducción por sumas pagadas como renta vitalicia.
- 175. Deducción del exceso de renta presuntiva sobre renta liquida ordinaria.
- 176. Los gastos que no sean susceptibles de tratarse como deducción, no podrán ser tratados como costos ni capitalizados.
- 177. Las limitaciones a costos se aplican a las deducciones.
- 177-1. Límite de los costos y deducciones.
- 177-2. No aceptación de costos y gastos.
- 178. Determinación de la renta liquida.
- 179. La utilidad en la enajenación de activos fijos poseídos por menos de dos años es renta liquida.
- 180. Bases y porcentajes.
- 181. Periodo improductivo o fuerza mayor.
- 182. Reducción por medidas legales o administrativas.
- 183. Reducción por control de precios, que requiere pronunciamiento del ministerio de hacienda.
- 184. Exclusión de ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional.
- 185. Fijación de la base de cálculo sobre ingresos.
- 186. Fijación de la base de cálculo sobre patrimonio.
- 187. Los dividendos y participaciones excluidos de la base de cálculo aumentan la renta presuntiva.
- 188. Base y porcentaje de la renta presuntiva.
- 188-1. Porcentaje a partir del año gravable 1992.
- 189. Depuración de la base de cálculo y determinación.
- 190. El CONPES podrá fijar las tasas diferenciales por efecto de los avalúos catastrales.
- 191. Exclusiones de la renta presuntiva.
- 192. Reducción por situación anormal geográfica o económica.
- 193. Concepto de valor patrimonial neto.
- 194. Exclusión de los inmuebles gravemente afectados por el nevado del ruiz.
- 195. Deducciones cuya recuperación constituyen renta liquida.
- 196. Renta liquida por recuperación de deducciones en bienes depreciados.
- 197. Recuperación de la deducción en las provisiones de pensiones de jubilación.
- 198. Recuperación de deducciones por amortización.
- 199. Recuperación por pérdidas compensadas modificadas por la liquidacion de revisión.
- 200. Contratos por servicios de construcción
- 201. Opciones en la determinación de la renta liquida.
- 202. Aplicación a la industria de la construcción.
- 203. Determinación de la renta liquida.
- 204. Porcentaje que constituye renta liquida.
- 204-1. Renta en explotación de programas de computador.
- 205. Renta gravable por certificados de desarrollo turístico.
- 206. Rentas de trabajo exentas.
- 206-1. Determinación de la renta para servidores públicos diplomáticos, consulares y administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores.
- 207. Exención de prestaciones provenientes de un fondo de pensiones
- 207-1. Exención de cesantías pagadas por fondos de cesantías.
- 207-2. Otras rentas exentas.
- 208. Rentas exentas por derechos de autor.
- 209. Renta exenta de las empresas comunitarias.
- 210. Extensión de la exención.
- 211. Exención para empresas de servicios públicos domiciliarios.
- 211-1. rentas exentas de loterías y licores.
- 211-2. utilidades exentas de empresas industriales y comerciales del estado del orden nacional.
- 212. Renta exenta de las zonas francas.
- 213. Renta exenta de los usuarios de las zonas francas.
- 214. Exención para el fondo de garantías de instituciones financieras.
- 215. condición para mantener exención en explotación de hidrocarburos.
- 216. renta exenta para contratos vigentes a octubre 28 de 1974.
- 217. renta exenta para fondos ganaderos organizados como sociedades anónimas abiertas.
- 218. Intereses, comisiones y demás pagos para empréstitos y títulos de deuda publica externa.
- 219. Intereses de cedulas bch emitidas con anterioridad al 30 de septiembre de 1974.
- 220. intereses de bonos de financiamiento presupuestal y de bonos de financiamiento especial.
- 221. intereses por enajenación de inmuebles destinados a la reforma urbana.
- 222. intereses por deudas y bonos de la reforma agraria, e intereses sobre pagares y cedulas de reforma urbana.
- 223. Indemnizaciones por seguros de vida.
- 224. Renta exenta para nuevas empresas en la zona del nevado del Ruiz.
- 225. Concepto de nueva empresa en la zona del nevado del Ruiz.
- 226. Renta exenta para empresas que reanuden actividades en la zona del nevado del Ruiz.
- 227. renta exenta para empresas de tardío rendimiento en la zona del nevado del Ruiz.
- 228. Extensión del beneficio a los socios en la zona del nevado del Ruiz.
- 229. Rentas exentas en empresas editoriales.
- 230. Concepto de empresa editorial.
- 231. Renta exenta para inversionistas en empresas editoriales.
- 232. Renta exenta para empresas en San Andrés y providencia.
- 233. Rentas exentas de personas y entidades extranjeras.
- 234. Las rentas exentas de las sociedades no son transferidas.
- 235. las exenciones solo benefician a su titular.
- 235-1. Límite de las rentas exentas.
- 235-2. Rentas exentas a partir del año gravable 2019.
- 235-3. MEGA-INVERSIONES.
- 235-4. Estabilidad tributaria para Mega-inversiones.
- 236. renta por comparación patrimonial.
- 237. Ajuste para el cálculo.
- 238. Diferencia patrimonial en la primera declaración.
- 239. No habrá lugar a la comparación patrimonial.
- 239-1. Renta líquida gravable por activos omitidos o pasivos inexistentes.
- 240. Tarifa general para para personas juridicas.
- 240-1. Tarifa para usuarios de zona franca.
- 241. Tarifa para las personas naturales y extranjeras residentes y asignaciones y donaciones modales.
- 242. Tarifa especial para dividendos o participaciones recibidas por personas naturales residentes.
- 242-1. Tarifa especial para dividendos o participaciones recibidas por sociedades nacionales.
- 243. Destinación especifica.
- 244. Excepción de los no declarantes.
- 245. Tarifa especial para dividendos o participaciones recibidos por sociedades y entidades extranjeras y por personas naturales no residentes.
- 246. Tarifa especial para dividendos y participaciones recibidos por sucursales de sociedades extranjeras.
- 246-1. Régimen de transición para el impuesto a los dividendos.
- 247. Tarifa del impuesto de renta para personas naturales extranjeras sin residencia.
- 248. Tarifa especial para algunos pagos al exterior efectuados por constructores colombianos.
- 248-1. Contribución especial a cargo de contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta.
- 249. Por inversión en acciones de sociedades agropecuarias.
- 250. Descuento tributario por la generación de empleo.
- 251. Modalidades de las donaciones.
- 252. Requisitos para reconocer el descuento.
- 253. Por reforestación.
- 254. Descuento por impuestos pagados en el exterior.
- 255. Descuento para inversiones realizadas en control, conservación y mejoramiento del medio ambiente.
- 256. Descuento para inversiones realizadas en investigación, desarrollo tecnológico o innovación
- 256-1. Crédito Fiscal para inversiones en proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación o vinculación de capital humano de alto nivel.
- 257. Descuento por donaciones a entidades sin ánimo de lucro pertenecientes al régimen especial.
- 257-1. Becas por Impuestos.
- 258. Limitaciones a los descuentos tributarios de que tratan los artículos 255, 256 y 257 del estatuto tributario.
- 258-1. Impuesto sobre las ventas en la importación, formación, construcción o adquisición de activos fijos reales productivos.
- 258-2. Impuesto sobre las ventas en la importación de maquinaria pesada para industrias básicas.
- 259. Limite de los descuentos.
- 259-2. Eliminación de descuentos tributarios en el impuesto sobre la renta.
- 260. Intransferibilidad de los descuentos tributarios.
- 260-1 . Criterios de vinculación.
- 260-2. Operaciones con vinculados.
- 260-3. Métodos para determinar el precio o margen de utilidad en las operaciones con vinculados.
- 260-4. Criterios de comparabilidad para operaciones entre vinculados y terceros independientes.
- 260-5. Documentación comprobatoria.
- 260-6. Ajustes.
- 260-7. Jurisdicciones no cooperantes, de baja o nula imposición y regímenes tributarios preferenciales.
- 260-8. Costos y deducciones.
- 260-9. Obligación de presentar declaración informativa.
- 260-10. Acuerdos anticipados de precios.
- 260-11 . Sanciones respecto de la documentación comprobatoria y de la declaración informativa.
- 261. Patrimonio bruto.
- 262. Que son derechos apreciables en dinero.
- 263. Que se entiende por posesión.
- 264. Presunción de aprovechamiento económico.
- 265. Bienes poseídos en el país.
- 266. Bienes no poseídos en el país.
- 267. Regla general para la valoración patrimonial de los activos.
- 267-1. Valor patrimonial de los bienes adquiridos por leasing.
- 268. Valor de los depósitos en cuentas corrientes y de ahorro.
- 269. Valor patrimonial de los bienes en moneda extranjera.
- 270. Valor patrimonial de los créditos.
- 271. Valor patrimonial de los títulos, bonos y seguros de vida.
- 271-1. Valor patrimonial de los derechos fiduciarios.
- 272. Valor de las acciones, aportes, y demás derechos en sociedades.
- 273. Revalorización del patrimonio.
- 274. Acciones de sociedades que no se cotizan en bolsa.
- 275. Valor patrimonial de las mercancías vendidas a plazos.
- 276. Valor de los semovientes.
- 277. Valor patrimonial de los inmuebles.
- 278. Costo mínimo de los inmuebles adquiridos con prestamos.
- 279. Valor de los bienes incorporales.
- 280. Reajuste fiscal a los activos patrimoniales.
- 281. Efectos del reajuste fiscal.
- 282. Concepto
- 283. Deudas.
- 284. Pasivos de compañías de seguros.
- 285. Pasivos en moneda extranjera.
- 286. No son deudas.
- 287. Valor patrimonial de las deudas.
- 288. Ajustes por diferencia en cambio.
- 289. Efecto del estado de situación financiera de apertura -ESFA· en los activos y pasivos, cambios en políticas contables y errores contables.
- 290. Régimen de transición
- 291.Régimen de transición por los ajustes de diferencia en cambio.
- 292. Impuesto al patrimonio.
- 292-1. Impuesto al patrimonio.
- 292-2. Impuesto al Patrimonio - Sujetos Pasivos.
- 293. Hecho generador.
- 293-1. Hecho generador.
- 293-2. No Contribuyentes del Impuesto a la Riqueza
- 294. Causación.
- 294-1. Causación.
- 294-2. Hecho generador.
- 295. Base gravable.
- 295-1. Base gravable.
- 295-2. Base Gravable.
- 296. Tarifa.
- 296-2. Tarifa y Destinación
- 297. Entidades no sujetas al impuesto al patrimonio.
- 297-1. Entidades no sujetas al impuesto.
- 297-2. Causación.
- 298. Declaración y pago.
- 298-1. Contenido de la declaración del impuesto al patrimonio.
- 298-2. Administración y control del impuesto al patrimonio.
- 298-3. No deducibilidad del impuesto.
- 298-4. Normas aplicables al impuesto sobre el patrimonio.
- 298-5. Control y sanciones.
- 298-6. No deducibilidad del impuesto.
- 298-7. Declaración y pago voluntarios.
- 298-8. Remisión.
- 299. Ingresos constitutivos de ganancia ocasional.
- 300. Se determina por la diferencia entre el precio de enajenación y el costo fiscal del activo.
- 301. Se determinan por el exceso de lo recibido sobre el capital aportado.
- 302. Origen.
- 303. Cómo se determina su valor.
- 303-1. Ganancia ocasional derivada de indemnizaciones por concepto de seguros de vida.
- 304. Gravamen a los premios en dinero y en especie.
- 305. En premios en títulos de capitalización.
- 306. El impuesto debe ser retenido en la fuente.
- 306-1. Impuesto sobre premios de apuestas y concursos hípicos o caninos y premios a propietarios de caballos o canes de carreras.
- 307. Asignación por causa de muerte o de la porción conyugal a los legitimarios o al cónyuge.
- 308. Herencias o legados a personas diferentes a legitimarios y cónyuge.
- 309. Donaciones a damnificados por la actividad volcánica del nevado del Ruiz.
- 310. Otras exenciones.
- 311. De las ganancias ocasionales se restan las pérdidas ocasionales.
- 311-1. Utilidad en la venta de la casa o apartamento.
- 312. Casos en los cuales no se aceptan pérdidas ocasionales.
- 313. Para las sociedades y entidades nacionales y extranjeras.
- 314. Para personas naturales residentes.
- 315. El impuesto de ganancia ocasional para los no declarantes.
- 316. Para personas naturales extranjeras sin residencia.
- 317. Para ganancias ocasionales provenientes de loterías, rifas, apuestas y similares.
- 318. Tratamiento de la ganancia ocasional como renta.
- 319. Aportes a sociedades nacionales.
- 319-1. Aportes sometidos al impuesto.
- 319-2. Aportes a sociedades y entidades extranjeras.
- 319-3. Fusiones y escisiones adquisitivas.
- 319-4. Efectos en las fusiones y escisiones adquisitivas.
- 319-5. Fusiones y escisiones reorganizativas.
- 319-6. Efectos en las fusiones y escisiones reorganizativas entre entidades.
- 319-7. Fusiones y escisiones gravadas.
- 319-8. Fusiones y escisiones entre entidades extranjeras.
- 319-9. Responsabilidad solidaria en casos de fusión y escisión.
- 320. Reinversión de utilidades.
- 321. Conceptos, base gravable y tarifas.
- 321-1. Tarifa de remesas para utilidades de sucursales a partir del año 1993.
- 322. Casos en los cuales no se aplica el impuesto de remesas.
- 323. Excepción al impuesto de remesas en la zona del departamento del cauca.
- 324. Exención en las regalías.
- 325. Requisitos para los giros al exterior.
- 326. Requisitos para la autorización de cambio de titular de inversión extranjera.
- 327. Facultad de establecer condiciones para el cambio de titular de inversión extranjera.
- 328. Recaudo y control.
- 329. Determinación del impuesto sobre la renta de las personas naturales.
- 330. Determinación cedular.
- 331. Rentas líquidas gravables.
- 332. Rentas exentas y deducciones.
- 333. Base de renta presuntiva.
- 333-1. Ajuste de las compras de mercancías o inventarios.
- 333-2. Tratamiento a los gastos financieros por adquisición de activos.
- 334. Facultades de fiscalización.
- 335. Ingresos de la cédula general
- 336. Renta líquida gravable de la cédula general.
- 337. Ingresos de las rentas de pensiones.
- 338. Ingresos de las rentas de capital.
- 339. Renta líquida cedular de las rentas de capital.
- 340. Ingresos de las rentas no laborales.
- 341. Renta Líquida Cedular de las Rentas No Laborales
- 342. Ingresos de las rentas de dividendos y participaciones.
- 343. Renta liquida
- 344. Registro contable de los ajustes a los pasivos.
- 345. Ajuste del patrimonio.
- 346. Valores a excluir del patrimonio líquido.
- 347. Ajustes al patrimonio liquido que ha sufrido disminuciones o aumentos durante el año.
- 348. Cuenta corrección monetaria.
- 348-1. Ajuste de los ingresos, costos y gastos del periodo gravable.
- 349. Efectos del registro de los ajustes de naturaleza crédito frente a los gastos y rendimientos financieros.
- 350. Utilidad o pérdida por exposición a la inflación.
- 351. Compensación de pérdidas.
- 352. Tratamiento de las ganancias ocasionales.
- 353. Bases para los ajustes fiscales.
- 354. Gradualidad en la aplicación de los ajustes integrales.
- 355. Procedimiento para ajustar inventarios finales.
- 356. Tratamiento especial para algunos contribuyentes.
- 356-1 . Distribución indirecta de excedentes y remuneración de los cargos directivos de contribuyentes pertenecientes al régimen tributario especial.
- 356-2. Calificación al régimen tributario especial.
- 356-3. Actualización del RUT para los contribuyentes del régimen tributario especial.
- 357. Determinación del beneficio neto o excedente.
- 358. Exención sobre el beneficio neto o excedente.
- 358-1. Renta por comparación patrimonial.
- 359. Objeto social.
- 360. Autorización para utilizar plazos adicionales para invertir.
- 361. Excepciones al tratamiento especial.
- 362. Comité de calificaciones.
- 363. Funciones del comité.
- 364. Las entidades sin ánimo de lucro están obligadas a llevar libros de contabilidad registrados.
- 364-1. Cláusula general para evitar la elusión fiscal.
- 364-2. Actos y circunstancias que constituyen abuso del régimen tributario especial.
- 364-3. Pérdida de los beneficios del régimen tributario especial.
- 364-4. Registro ante la agencia presidencial de cooperación internacional de Colombia.
- 364-5. Registro web y remisión de comentarios de la sociedad civil.
- 364-6. Fiscalización en cabeza de la Dian.
- 365. Facultad para establecerlas.
- 366. Facultad para establecer nuevas retenciones.
- 366-1. Facultad para establecer retención en la fuente por ingresos del exterior.
- 366-2. Normas aplicables en materia de retención en la fuente.
- 367. Finalidad de la retención en la fuente.
- 368. Quienes son agentes de retención.
- 368-1. Retención sobre distribución de ingresos por los fondos a que se refiere el artículo 23-1 del estatuto tributario.
- 368-2. Personas naturales que son agentes de retención.
- 369. Cuando no se efectúa la retención.
- 370. Los agentes que no efectúen la retención, son responsables con el contribuyente.
- 371. Casos de solidaridad en las sanciones por retención.
- 372. Solidaridad de los vinculados económicos por retención.
- 373. Los valores retenidos se imputan en la liquidación privada.
- 374. En la liquidación oficial se deben acreditar los valores retenidos.
- 375. Efectuar la retención.
- 376. Consignar lo retenido.
- 376-1. Retención en la fuente a través de las entidades financieras.
- 377. La consignación extemporánea causa intereses moratorios.
- 378. Por concepto de salarios.
- 378-1. Toda persona jurídica o entidad empleadora o contratante de servicios personales, deberá expedir un
- 379. Contenido del certificado de ingresos y retenciones.
- 380. Datos a cargo del asalariado no declarante.
- 381. Certificados por otros conceptos.
- 382. Obligación de declarar.
- 383. Tarifa.
- 384. Tarifa mínima de retención en la fuente para empleados.
- 385. Primera opción frente a la retención.
- 386. Segunda opción frente a la retención.
- 387. Deducciones que se restarán de la base de retención.
- 387-1. Disminución de la base de retención por pagos a terceros por concepto de alimentación.
- 388. Depuración de la base del cálculo de la retención en la fuente.
- 389. Cuales están sometidos a retención.
- 390. Retención sobre dividendos y participaciones.
- 391. Tarifa sobre otras rentas.
- 392. Se efectúa sobre los pagos o abonos en cuenta.
- 393. Comisiones por transacciones realizadas en la bolsa.
- 394. Como opera la retención por arrendamientos cuando hay intermediación.
- 395. Conceptos objeto de retención.
- 396. La tarifa puede aplicarse sobre el valor bruto del rendimiento.
- 397. Retención en la fuente en títulos con descuento.
- 397-1. Rendimiento de títulos de ahorro a largo plazo.
- 398. Retención en la enajenación de activos fijos de personas naturales.
- 399. Disminución de la retención cuando el activo enajenado corresponda a la casa o apartamento de habitación.
- 400. Excepción.
- 401. Retención sobre otros ingresos tributarios.
- 401-1. Retención en la fuente en la colocación independiente de juegos de suerte y azar.
- 401-2. Retención en la fuente en indemnizaciones.
- 401-3. Retención en la fuente en indemnizaciones derivadas de una relación laboral o legal y reglamentaria.
- 402. Se efectúa al momento del pago.
- 403. Procedimiento para el pago de la retención en premios en especie.
- 404. Tratamiento de las apuestas.
- 404-1. Retención en la fuente por premios.
- 405. La retención es requisito para la aceptación de la deuda.
- 406. Casos en que debe efectuarse la retención.
- 407. Tarifas para dividendos y participaciones.
- 408. Tarifas para rentas de capital y de trabajo.
- 409. Tarifa especial para profesores extranjeros.
- 410. Tarifa para rentas en explotación de películas cinematográficas.
- 411. Tarifa para rentas en explotación de programas de computador.
- 412. Tarifa sobre los contratos "llave en mano" y demás contratos de confección de obra material.
- 413. Esta retención se aplicara a partir del 24 de diciembre de 1986.
- 414. Tarifa sobre pagos por arrendamiento de maquinaria.
- 414-1. Retención sobre transporte internacional.
- 415. Para los demás casos.
- 416. Los intereses sobre deuda externa pagados por la nación no están sometidos a retención.
- 417. Obligación de efectuar la retención.
- 418. Casos en los cuales no se efectúa la retención.
- 419. Para la aceptación de costos y deducciones por pagos al exterior se requiere acreditar la consignación del respectivo impuesto retenido en la fuente.
- 420. Hechos sobre los que recae el impuesto.
- 420-1. Recaudo y control del impuesto sobre las ventas en la enajenación de aerodinos.
- 421. Hechos que se consideran venta.
- 421-1. IVA Para tiquetes aéreos internacionales adquiridos en el exterior.
- 422. Los bienes resultantes de procesos de montaje, instalación, o similares, se consideran muebles.
- 423. Exclusión del impuesto en el territorio intendencial de san Andres y providencia.
- 423-1. Importación de premios en concursos internacionales
- 424. Bienes que no causan el impuesto.
- 424-1. Materias primas excluidas para medicamentos, plaguicidas y fertilizantes.
- 424-2. Materias primas para la producción de vacunas.
- 424-3. Maquinaria agropecuaria excluida del impuesto.
- 424-4. Alambron destinado a la elaboración de alambre de púas y torcido para cercas.
- 424-5. Bienes excluidos del impuesto.
- 424-6. Gas propano para uso domestico.
- 424-7. Otros bienes excluidos del impuesto a las ventas.
- 425. Otros bienes que no causan el impuesto.
- 426. Servicios excluidos.
- 427. Pólizas de seguros excluidas.
- 428. Importaciones que no causan impuesto.
- 428-1. Importaciones de activos por instituciones de educación superior.
- 428-2. Efectos tributarios de la fusión y escisión de sociedades.
- 429. Momento de causación.
- 430. Causación del impuesto sobre la venta de cerveza.
- 431. Causación en el servicio de transporte aéreo o marítimo.
- 432. En el servicio de teléfonos se causa al momento del pago.
- 433. En seguros se causa al conocimiento de la emisión de la póliza.
- 434. En seguros de transporte.
- 435. En seguros generales.
- 436. En seguros autorizados en moneda extranjera.
- 437. Los comerciantes y quienes realicen actos similares a los de ellos y los importadores son sujetos pasivos.
- 437-1. Retención en la fuente en el impuesto sobre las ventas.
- 437-2. Agentes de retención en el impuesto sobre las ventas.
- 437-3. Responsabilidad por la retención.
- 437-4. Retención de IVA para venta de chatarra y otros bienes.
- 437-5. Retención de IVA para venta de tabaco.
- 438. Intermediarios en la comercialización que son responsables.
- 439. Los comerciantes de bienes exentos no son responsables.
- 440. Que se entiende por productor.
- 441. Responsabilidad de los clubes sociales y deportivos.
- 442. Responsabilidad en el servicio de transporte gravado.
- 443. Responsabilidad en el servicio de teléfono.
- 443-1. Responsabilidad en los servicios financieros.
- 444. Responsables en la venta de derivados del petróleo.
- 445. Responsables en la venta de cervezas de producción nacional.
- 446. Responsables en la venta de gaseosas y similares.
- 447. En la venta y prestación de servicios, regla general.
- 448. Otros factores integrantes de la base gravable.
- 449. La financiación por vinculados económicos es parte de la base gravable.
- 449-1. Financiación que no forma parte de la base gravable.
- 450. Casos de vinculación económica.
- 451. Casos en que una sociedad se considera subordinada.
- 452. Cuando subsiste la vinculación económica.
- 453. Valor de las operaciones subfacturadas o no facturadas.
- 454. Los descuentos efectivos no integran la base gravable.
- 455. Base gravable para intermediarios.
- 456. Base gravable para intermediarios en la venta de activos fijos.
- 457. Base gravable mínima en la venta de activos fijos por intermediarios.
- 457-1. Base gravable en la venta de vehículos usados.
- 458. Base gravable en los retiros de bienes.
- 459. Base gravable en las importaciones.
- 460. Base gravable en servicios de clubes.
- 461. Base gravable en servicio de transporte internacional de pasajeros.
- 462. Base gravable para el servicio telefónico.
- 462-1. Base gravable especial.
- 462-2 Responsabilidad en los servicios de parqueadero prestado por las propiedades horizontales.
- 463. Base gravable mínima.
- 464. El gobierno puede fijar bases mínimas de liquidación.
- 465. Competencia para fijar precios.
- 466. Base gravable en la venta de gasolina motor.
- 467. Base gravable en otros productos derivados del petróleo.
- 468. Tarifa general del impuesto sobre las ventas.
- 468-1. Bienes gravados con la tarifa del cinco por ciento (5%).
- 468-2 Bienes gravados con la tarifa del dos por ciento (2%).
- 468-3. Servicios gravados con la tarifa del cinco por ciento (5%).
- 469. Vehículos automóviles con tarifa general.
- 470. Servicio gravado con la tarifa del veinte por ciento (20%).
- 471. Tarifas para otros vehículos, naves y aeronaves.
- 472. Automotores sometidos a la tarifa del 20%.
- 473. Bienes sometidos a las tarifas diferenciales del 35% o del 20%
- 474. Tarifa especial para derivados del petróleo.
- 475. Base gravable para las cervezas de producción nacional e importadas.
- 476. Servicios excluidos del impuesto sobre las ventas.
- 476-1. Seguros tomados en el exterior.
- 477. Bienes que se encuentran exentos del impuesto.
- 478. Libros y revistas exentos.
- 479. Los bienes que se exporten son exentos.
- 480. Bienes donados exentos del impuesto sobre las ventas.
- 481. Bienes exentos con derecho a devolución bimestral.
- 482. Las personas exentas por ley de otros impuestos no lo están del impuesto sobre las ventas.
- 482-1. Limitación a las exenciones y exclusiones en importación de bienes.
- 483. Determinación del impuesto para los responsables del régimen común.
- 484. Disminución por deducciones u operaciones anuladas, rescindidas o resueltas.
- 484-1. Tratamiento del impuesto sobre las ventas retenido.
- 485. Impuestos descontables.
- 485-1. Descuento especial del impuesto a las ventas. (SIC)
- 485-1. Descuento del impuesto sobre las ventas liquidado sobre operaciones gravadas realizadas con responsables del régimen simplificado.
- 485-2. Descuento especial del impuesto sobre las ventas.
- 486. Ajuste de los impuestos descontables.
- 486-1. Determinación del impuesto en los servicios financieros y en operaciones cambiarias.
- 486-2. Tratamiento tributario en operaciones de transferencias temporales de valores.
- 487. La terminación del contrato por mora en el pago de la prima de seguros da lugar a descontar el impuesto de la prima no pagada.
- 488. Solo son descontables los impuestos originados en operaciones que constituyan costo o gasto.
- 489. Impuestos descontables susceptíbles de devolución bimestral de impuestos.
- 490. Los impuestos descontables en las operaciones gravadas, excluidas y exentas se imputaran proporcionalmente.
- 491. En la adquisición de activo fijo no hay descuento.
- 492. Los créditos o las deudas incobrables no dan derecho a descuento.
- 493. Los impuestos descontables no constituyen costo ni deducción.
- 494. No son descontables las adquisiciones efectuadas a proveedores no inscritos.
- 495. No son descontables las adquisiciones efectuadas a proveedores ficticios o insolventes.
- 496. Oportunidad de los descuentos.
- 497. Descuentos calculados para intermediarios.
- 498. Impuestos descontables en los servicios.
- 498-1. IVA descontable en la adquisición de bienes de capital.
- 499. Quiénes pertenecen a este régimen.
- 499-1. Régimen simplificado para prestadores de servicios.
- 500. Quienes no pueden acogerse a este régimen.
- 501. Determinación del impuesto en el régimen simplificado.
- 502. Impuesto sobre las ventas como costo o gasto en renta.
- 503. Cuando los ingresos superen la cifra establecida se liquidara como el régimen común
- 504. Oportunidad de los descuentos para el régimen simplificado.
- 505. Cambio del régimen común al simplificado.
- 506. Obligaciones para los responsables del régimen simplificado.
- 507. Obligación de inscribirse en el registro nacional de vendedores.
- 508. Quienes se acojan al régimen simplificado deben manifestarlo a la dirección general de impuestos nacionales.
- 508-1. Cambio de régimen por la administración.
- 508-2. Tránsito a la condición de responsables del impuesto.
- 509. Obligación de llevar registro auxiliar y cuenta corriente para responsables del régimen común.
- 510. Cuenta impuesto sobre las ventas retenido.
- 511. Discriminación del impuesto en la factura.
- 512. Normas aplicables a las cervezas de producción nacional.
- 512-1. Impuesto nacional al consumo.
- 512-2. Base gravable y tarifa en el servicio de telefonía móvil.
- 512-3. Bienes gravados a la tarifa del 8%:
- 512-4. Bienes gravados a la tarifa del 16%.
- 512-5. Vehículos que no causan el impuesto.
- 512-6. Contenido de la declaración del impuesto nacional al consumo.
- 512-7.
- 512-8. Definición de restaurantes.
- 512-9. Base gravable y tarifa en el servicio de restaurantes.
- 512-10. Bares, tabernas y discotecas cualquiera fuera la denominación o modalidad que adopten.
- 512-11. Base gravable y tarifa en los servicios de bares, tabernas y discotecas.
- 512-12. Establecimientos que prestan el servicio de restaurante y el de bares y similares.
- 512-13. Régimen simplificado del impuesto nacional al consumo de restaurantes y bares.
- 512-14. Obligaciones de los responsables del impuesto nacional al consumo.
- 512-15. Impuesto nacional al consumo de bolsas plásticas.
- 512-16. Bolsas plásticas que no causan el impuesto.
- 512-17. Hecho generador del impuesto nacional al consumo de cannabis.
- 512-18. Responsables del impuesto nacional al consumo de cannabis.
- 512-19. Base gravable del impuesto nacional al consumo de cannabis.
- 512-20. Tarifas del impuesto nacional al consumo de cannabis.
- 512-21. Causación del impuesto nacional al consumo de cannabis.
- 512-22. Impuesto nacional al consumo de bienes inmuebles.
- 513. Aplicación de las normas de procedimiento general.
- 514. Contribuyentes o responsables son sujetos pasivos.
- 515. Quienes son contribuyentes.
- 516. Quienes son responsables.
- 517. Los funcionarios oficiales responden solidariamente con los agentes de retención.
- 518. Agentes de retención.
- 519. Base gravable en el impuesto de timbre nacional.
- 520. Otros instrumentos sometidos al impuesto de timbre cuando su cuantia fuere superior a un millon de pesos ($1.000.000).
- 521. Documentos privados sometidos al impuesto de timbre, cualquiera fuere su cuantía.
- 522. Reglas para determinar las cuantías.
- 523. Actuaciones y documentos sin cuantia gravados con el impuesto.
- 524. Las visas que se expidan a los extranjeros causan impuesto de timbre.
- 525. Impuesto de timbre para actuaciones que se cumplan en el exterior.
- 526. Cuando se cancelen dentro del pais se liquidan al cambio oficial.
- 527. Momentos de realización de algunos hechos gravados.
- 528. La no expresion de la fecha hace presumir el plazo vencido.
- 529. Las obligaciones relacionadas con el crédito externo.
- 530. Se encuentran exentos del impuesto de timbre.
- 530-1. Adicionado Ley 383 de 1997 Art. 56
- 531. Las operaciones de fomento de la caja agraria estan exentas del impuesto de timbre.
- 532. Las entidades oficiales estan exentas del pago del impuesto de timbre.
- 533. Qué se entiende por entidades de derecho público.
- 534. La exención debe constar en el documento o acto exento.
- 535. El impuesto se paga al momento de presentar la declaración.
- 536. Amplias facultades de investigación.
- 537. Las autoridades deberan prestar todas las garantias y apoyo a los funcionarios encargados del control.
- 538. El gobierno esta facultado para establecer retenciones.
- 539. Excepción al control y recaudo del impuesto.
- 539-1. Obligaciones del agente de retención de timbre.
- 539-2. Obligación de expedir certificados.
- 539-3. Obligación de declararla.
- 540. Ningún documento deberá ser tenido como prueba mientras no se pague el impuesto de timbre.
- 541. Que se entiende por actuación.
- 542. Que se entiende por funcionario oficial.
- 543. Los funcionarios oficiales remitiran a las divisiones de fiscalización los documentos que no hayan cancelado el impuesto de timbre.
- 544. Multa para funcionarios que admitan documentos gravados sin el pago del impuesto de timbre.
- 545. Multa para quien impida y obstaculice el control del impuesto de timbre.
- 546. Sanción a las autoridades por no prestar apoyo y garantias a los funcionarios encargados del control y fiscalización del impuesto de timbre.
- 547. Las sanciones recaen sobre el agente de retención.
- 548. Reajuste anual de los valores absolutos en el impuesto de timbre.
- 549. Que son valores absolutos.
- 550. Para las actuaciones ante el exterior el impuesto se ajusta cada tres años.
- 551. Caso en que no es aplicable el ajuste.
- 552. El gobierno debera publicar las cifras ajustadas.
- 553. Los convenios entre particulares sobre impuestos no son oponibles al fisco.
- 554. Procedimiento aplicable al impuesto de timbre.
- 555. Capacidad y representación.
- 555-1. Número de identificación tributaria - NIT.
- 555-2. Registro único tributario - RUT.
- 556. Representación de las personas jurídicas.
- 557. Agencia oficiosa.
- 558. Equivalencia del termino contribuyente o responsable.
- 559. Presentación de escritos y recursos.
- 560. Competencia para el ejercicio de las funciones.
- 561. Delegación de funciones.
- 562. Administración de Grandes Contribuyentes.
- 562-1. Actualización del registro de contribuyentes.
- 563. Dirección para notificaciones.
- 564. Dirección procesal.
- 565. Formas de notificación de las actuaciones de la administración de impuestos.
- 566. Notificación por correo.
- 566-1. Notificación electrónica.
- 567. Corrección de actuaciones enviadas a dirección errada.
- 568. Notificaciones devueltas por el correo.
- 569. Notificación personal.
- 570. Constancia de los recursos.
- 571. OBLIGADOS A CUMPLIR LOS DEBERES FORMALES.
- 572. Representantes que deben cumplir deberes formales.
- 572-1. Apoderados generales y mandatarios especiales.
- 573. Responsabilidad subsidiaria de los representantes por incumplimiento de deberes formales.
- 574. Clases de declaraciones.
- 574-1 Anexo de otras deducciones a la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios.
- 575. Las declaraciones deben coincidir con el período fiscal.
- 576. Obligados a declarar por contribuyentes sin residencia en el país.
- 577. Aproximación de los valores de las declaraciones tributarias.
- 578. Utilización de formularios.
- 579. Lugares y plazos para la presentación de las declaraciones tributarias.
- 579-1. Domicilio fiscal.
- 579-2. Presentación electrónica de declaraciones.
- 580. Declaraciones que se tienen por no presentadas.
- 580-1. Ineficacia de las declaraciones de retención en la fuente presentadas sin pago total.
- 581. Efectos de la firma del contador.
- 582. Declaraciones que no requieren firma de contador.
- 583. Reserva de la declaración.
- 584. Examen de la declaración con autorización del declarante.
- 585. Para los efectos de los impuestos nacionales, departamentales o municipales se puede intercambiar información.
- 586. Garantía de la reserva por parte de las entidades contratadas para el manejo de información tributaria.
- 587. Información sobre bases para aportes parafiscales.
- 587-1. Suministro de información con fines estadísticos
- 588. Correcciones que aumentan el impuesto o disminuyen el saldo a favor.
- 589. Correcciones que disminuyan el valor a pagar o aumenten el saldo a favor.
- 589-1. Corrección de algunos errores que implican tener la declaración por no presentada.
- 590. Correcciones provocadas por la administración.
- 591. Quienes deben presentar declaración de renta y complementarios.
- 592. Quienes no estan obligados a declarar.
- 593. Asalariados no obligados a declarar.
- 594. El certificado de ingresos y retenciones reemplaza la declaración para los asalariados no declarantes.
- 594-1. Trabajadores independientes no obligados a declarar
- 594-2. Declaraciones tributarias presentadas por los no obligados.
- 594-3. Otros requisitos para no obligados a presentar declaración del impuesto sobre la renta.
- 595. Período fiscal cuando hay liquidación en el año.
- 596. Contenido de la declaración de renta.
- 597. La declaración de renta podrá firmarse con salvedades.
- 598. Entidades no obligadas a presentar declaración.
- 599. Contenido de la declaración de ingresos y patrimonio.
- 600. Periodo gravable del impuesto sobre las ventas.
- 601. Quienes deben presentar declaración de impuesto sobre las ventas.
- 602. Contenido de la declaración bimestral de ventas.
- 603. Obligación de declarar y pagar el impuesto sobre las ventas retenido.
- 604. Período fiscal.
- 605. Quienes deben presentar declaración.
- 606. Contenido de la declaración de retención.
- 607. Contenido de la declaración anual de activos en el exterior.
- 608. Actuaciones que no requieren de la presentación de la declaración de timbre.
- 609. Contenido de la declaración de timbre.
- 610. Casos en que la declaración puede contener mas de una actuación gravada.
- 611. Casos en que intervienen las mismas partes.
- 612 - Deber de informar la Dirección.
- 613 - Inscripción en el registro nacional de vendedores.
- 614 - Obligación de informar el cese de actividades.
- 615 - Obligación de expedir factura.
- 615-1. Obligaciones del agente retenedor en el impuesto sobre las ventas.
- 616. Libro fiscal de registro de operaciones.
- 616-1. Sistema de facturación.
- 616-2. Casos en los cuales no se requiere la expedición de factura.
- 616-3.
- 616-4. Proveedores autorizados, obligaciones e infracciones.
- 616-5. Determinación oficial del impuesto sobre la renta y complementarios mediante facturación.
- 617. Requisitos de la factura de venta.
- 618. Obligación de exigir factura o documento equivalente.
- 618-1. Creación del premio fiscal.
- 618-2. Obligaciones que deben cumplir las personas o entidades que elaboren facturas o documentos equivalentes.
- 618-3. Plazo para empezar a aplicar el sistema de facturación.
- 619. En la correspondencia, facturas y demas documentos se debe informar el NIT.
- 620. Obligación de fundamentarse en la declaración de renta.
- 621. Identificación tributaria en prestamos.
- 622. Obligación de las entidades financieras de informar la parte no gravada de los rendimientos.
- 623. Información de las entidades vigiladas por la superintendencia bancaria.
- 623-1. Información especial a suministrar por las entidades financieras.
- 623-2. Información por otras entidades de crédito. (SIC)
- 623-2. Información para la investigación y localización de bienes de deudores morosos.
- 623-3.
- 624. Información de las camaras de comercio.
- 625. Información de las bolsas de valores.
- 626. Información relacionada con aportes parafiscales.
- 627. Información de la registraduria nacional del estado civil.
- 628. Límite de información a suministrar por los comisionistas de bolsa.
- 629. Información de los notarios.
- 629-1. Información de las personas o entidades que elaboran facturas o documentos equivalentes.
- 630. Información de los jueces civiles.
- 631. Para estudios y cruces de información.
- 631-1. Obligación de informar los estados financieros consolidados por parte de los grupos empresariales.
- 631-2. Valores de operaciones objeto de información.
- 631-3. Información para efectos de control tributario.
- 631-4. Intercambio automático de información
- 631-5. Definición beneficiario final.
- 631-6. Registro único de Beneficiarios finales.
- 632. Deber de conservar informaciones y pruebas.
- 632-1. Relación de retenciones de timbre.
- 633. Información en medios magnéticos.
- 634. Intereses moratorios
- 634-1. Suspensión de los intereses moratorios.
- 635. Determinación de la tasa de interés moratorio.
- 636. Sanción por mora en la consignación de los valores recaudados por las entidades autorizadas.
- 637. Actos en los cuales se pueden imponer sanciones.
- 638. Prescripción de la facultad para imponer sanciones.
- 639. Sanción mínima.
- 640. La reincidencia aumenta el valor de las sanciones.
- 640-1. Otras sanciones.
- 640-2. Independencia de procesos.
- 641. Extemporaneidad en la presentación.
- 642. Extemporaneidad en la presentación de las declaraciones con posterioridad al emplazamiento.
- 643. Sanción por no declarar.
- 644. Sanción por corrección de las declaraciones.
- 645. Sanción relativa a la declaración de ingresos y patrimonio.
- 646. Sanción por corrección aritmética.
- 647. Sanción por inexactitud.
- 647-1. Rechazo o disminución de pérdidas.
- 648. La sanción por inexactitud procede sin perjuicio de las sanciones penales.
- 649. Transitorio - sanción por activos omitidos o pasivos inexistentes.
- 650. Sanción por uso fraudulento de cedulas.
- 650-1. Sanción por no informar la dirección.
- 650-2. Sanción por no informar la actividad económica.
- 651. Sanción por no enviar información.
- 652. Sanción por expedir facturas sin requisitos.
- 652-1. Sanción por no facturar.
- 653. Constancia de la no expedición de facturas o expedición sin el lleno de los requisitos.
- 654. Hechos irregulares en la contabilidad.
- 655. Sanción por irregularidades en la contabilidad.
- 656. Reducción de las sanciones por libros de contabilidad.
- 657. Sanción de clausura del establecimiento.
- 657-1. Retención de mercancías a quienes compren sin factura.
- 658. Sanción por incumplir la clausura.
- 658-1. Sanción a administradores y representantes legales.
- 658-2. Sanción por evasión pasiva.
- 658-3. Sanciones relativas al incumplimiento en la obligación de inscribirse en el RUT y obtención del NIT.
- 659. Sanción por violar las normas que rigen la profesión.
- 659-1. Sanción a sociedades de contadores públicos.
- 660. Suspension de la facultad de firmar declaraciones tributarias y certificar pruebas con destino a la administración tributaria.
- 661. Requerimiento previo al contador o revisor fiscal.
- 661-1. Comunicación de sanciones.
- 662. Sanción por utilización de interpuestas personas por parte de los inversionistas institucionales.
- 663 Sanción por gastos no explicados.
- 664. Sanción por no acreditar el pago de los aportes parafiscales.
- 665. Responsabilidad penal por no consignar las retenciones en la fuente y el IVA.
- 666. Responsabilidad penal por no certificar correctamente valores retenidos.
- 667. Sanción por no expedir certificados.
- 668. Sanción por extemporaneidad en la inscripción en el registro nacional de vendedores* e inscerición de oficio.
- 669. Sanción por omitir ingresos o servir de instrumento de evasión.
- 670. Sanción por improcedencia de las devoluciones o compensaciones.
- 671. Sanción de declaración de proveedor ficticio o insolvente.
- 671-1. Insolvencia.
- 671-2. Efectos de la insolvencia.
- 671-3. Procedimiento para decretar la insolvencia.
- 672. Sanción por autorizar escrituras o traspasos sin el pago de la retención.
- 673. Sanción a notarios que autoricen escrituras por un precio inferior.
- 673-1. Sanción a empleados y trabajadores del estado por enriquecimiento no justificado.
- 674. Errores de verificación.
- 675. Inconsistencia en la información remitida.
- 676. Extemporaneidad en la entrega de la información.
- 676-1. Extemporaneidad e inexactitud en los informes, formatos o declaraciones que deben presentar las entidades autorizadas para recaudar.
- 676-2. Aplicación de los principios de lesividad, proporcionalidad, gradualidad y favorabilidad en el régimen sancionatorio de las entidades autorizadas para recaudar.
- 676-3. Sanción mínima y máxima en el régimen sancionatorio de las entidades autorizadas para recaudar.
- 677. Cancelación de la autorización para recaudar impuestos y recibir declaraciones.
- 678. Competencia para sancionar a las entidades recaudadoras.
- 679. Incumplimiento de deberes.
- 680. Violación manifiesta de la ley.
- 681. Pretermisión de términos.
- 682. Incumplimiento de los términos para devolver.
- 683. Espíritu de justicia.
- 684. Facultades de fiscalización e investigación.
- 684-1 Otras normas de procedimiento aplicables en las investigaciones tributarias.
- 684-2. Implantación de sistemas técnicos de control.
- 684-3. Tarjeta fiscal.
- 684-4. Sanciones aplicables a los proveedores autorizados y tecnológicos
- 685. Emplazamiento para corregir.
- 686. Deber de atender requerimientos.
- 687. Las opiniones de terceros no obligan a la administración.
- 688. Competencia para la actuación fiscalizadora.
- 689. Facultad para establecer beneficio de auditoria.
- 689-1. Beneficio de auditoría.
- 689-2 . Beneficio de la auditoría.
- 690. Facultad para desconocer efectos tributarios de los contratos sobre partes de interes social.
- 690-1. Determinación de la renta o ganancia ocasional cuando se encubra la enajenación de bienes con la venta de acciones.
- 691. Competencia para ampliar requerimientos especiales, proferir liquidaciones oficiales y aplicar sanciones.
- 692. Procesos que no tienen en cuenta las correcciones a las declaraciones.
- 693. Reserva de los expedientes.
- 693-1. Información tributaria.
- 694. Independencia de las liquidaciones.
- 695. Periodos de fiscalización en el impuesto sobre las ventas y en retención en la fuente.
- 696. Un requerimiento y una liquidación pueden referirse a renta y ventas.
- 696-1. Gastos de investigaciones y cobro tributarios.
- 697. Error aritmético.
- 698. Facultad de corrección.
- 699. Término en que debe practicarse la corrección.
- 700. Contenido de la liquidación de corrección.
- 701. Corrección de sanciones.
- 702. Facultad de modificar la liquidación privada.
- 703. El requerimiento especial como requisito previo a la liquidación.
- 704. Contenido del requerimiento.
- 705. Término para notificar el requerimiento.
- 705-1. Término para notificar el requerimiento en ventas y retención en la fuente.
- 706. Suspension del término.
- 707. Respuesta al requerimiento especial.
- 708. Ampliación al requerimiento especial.
- 709. Corrección provocada por el requerimiento especial.
- 709-1. Pago de la sanción por omision de activos como requisito para desvirtuar diferencia patrimonial.
- 710. Término para notificar la liquidación de revisión.
- 711. Correspondencia entre la declaracion, el requerimiento y la liquidación de revisión.
- 712. Contenido de la liquidación de revisión.
- 713. Corrección provocada por la liquidación de revisión.
- 714. Término general de firmeza de las declaraciones tributarias
- 715. Emplazamiento previo por no declarar.
- 716. Consecuencia de la no presentación de la declaración con motivo del emplazamiento.
- 717. Liquidación de aforo.
- 718. Publicidad de los emplazados o sancionados.
- 719. Contenido de la liquidación de aforo.
- 719-1. Inscripción en proceso de determinación oficial.
- 719-2. Efectos de la inscripción en proceso de determinación oficial.
- 720. Recursos contra los actos de la administración tributaria.
- 721. Competencia funcional de discusión.
- 722. Requisitos del recurso de reconsideración y reposición.
- 723. Los hechos aceptados no son objeto de recurso.
- 724. Presentación del recurso.
- 725. Constancia de presentación del recurso.
- 726. Inadmision del recurso.
- 727. Notificación del auto.
- 728. Recurso contra el auto inadmisorio.
- 729. Reserva del expediente.
- 730. Causales de nulidad.
- 731. Término para alegarlas.
- 732. Término para resolver los recursos.
- 733. Suspension del término para resolver.
- 734. Silencio administrativo.
- 735. Recursos contra las resoluciones que imponen sanción de clausura y sanción por incumplir la clausura.
- 736. Revocatoria directa.
- 737. Oportunidad.
- 738. Competencia.
- 738-1. Término para resolver las solicitudes de revocatoria directa.
- 739. Recurso contra providencias que sancionan a contadores publicos o revisores fiscales.
- 740. Independencia de los recursos.
- 741. Recursos equivocados.
- 742. Las decisiones de la administración deben fundarse en los hechos probados.
- 743. Idoneidad de los medios de prueba.
- 744. Oportunidad para allegar pruebas al expediente.
- 745. Las dudas provenientes de vacios probatorios se resuelven a favor del contribuyente.
- 746. Presunción de veracidad.
- 746-1. Práctica de pruebas en virtud de convenios de intercambio de información.
- 746-2. Presencia de terceros en la practica de pruebas.
- 747. Hechos que se consideran confesados.
- 748. Confesión ficta o presunta.
- 749. Indivisibilidad de la confesión.
- 750. Las informaciones suministradas por terceros son prueba testimonial.
- 751. Los testimonios invocados por el interesado deben haberse rendido antes del requerimiento o liquidación.
- 752. Inadmisibilidad del testimonio.
- 753. Declaraciones rendidas fuera de la actuación tributaria.
- 754. Datos estadisticos que constituyen indicio.
- 754-1. Indicios con base en estadisticas de sectores económicos.
- 755. La omision del NIT o del nombre en la correspondencia, facturas y recibos permiten presumir ingresos.
- 755-1. Presunción en juegos de azar.
- 755-2. Presunción de renta gravable por ingresos en divisas.
- 755-3. Renta presuntiva por consignaciones en cuentas bancarias y de ahorro.
- 756. Las presunciones sirven para determinar las obligaciones tributarias.
- 757. Presunción por diferencia en inventarios.
- 758. Presunción de ingresos por control de ventas o ingresos gravados.
- 759. Presunción por omision de registro de ventas o prestación de servicios.
- 760. Presunción de ingresos por omision del registro de compras.
- 761. Las presunciones admiten prueba en contrario.
- 762. Presunción del valor de la transacción en el impuesto a las ventas.
- 763. Presunción de ingresos gravados con impuesto a las ventas, por no diferenciar las ventas y servicios gravados de los que no lo son.
- 763-1. Régimen unificado de imposición (RUI) para pequeños contribuyentes del impuesto sobre la renta y responsable del impuesto sobre las ventas.
- 764. Determinación provisional del impuesto por omision de la declaración tributaria.
- 764-1. Procedimiento para proferir, aceptar, rechazar o modificar la liquidación provisional.
- 764-2. Rechazo de la liquidación provisional o de la solicitud de modificación de la misma.
- 764-3. Sanciones en la liquidación provisional.
- 764-4. Firmeza de las declaraciones tributarias producto de la aceptación de la liquidación provisional.
- 764-5. Notificación de la liquidación provisional y demás actos.
- 764-6. Determinación y discusión de las actuaciones que se deriven de una liquidación provisional.
- 765. Facultad de invocar documentos expedidos por las oficinas de impuestos.
- 766. Procedimiento cuando se invoquen documentos que reposen en la administración.
- 767. Fecha cierta de los documentos privados.
- 768. Reconocimiento de firma de documentos privados.
- 769. Certificados con valor de copia auténtica.
- 770. Prueba de pasivos.
- 771. Prueba supletoria de los pasivos.
- 771-1. Valor probatorio de la impresion de imagenes opticas no modificables.
- 771-2. Procedencia de costos, deducciones e impuestos descontables.
- 771-3. Control integral.
- 771-4. Control en la expedición del registro o licencia de importación.
- 771-5. Medios de pago para efectos de la aceptación de costos, deducciones, pasivos e impuestos descontables.
- 771-6. Facultad para desconocer costos y gastos.
- 772. La contabilidad como medio de prueba.
- 772-1. Conciliación fiscal.
- 773. Forma y requisitos para llevar la contabilidad.
- 774. Requisitos para que la contabilidad constituya prueba.
- 775. Prevalencia de los libros de contabilidad frente a la declaración.
- 776. Prevalencia de los comprobantes sobre los asientos de contabilidad.
- 777. La certificación de contador publico y revisor fiscal es prueba contable.
- 778. Derecho de solicitar la inspección.
- 779. Inspección tributaria.
- 779-1. Facultades de registro.
- 780. Lugar de presentación de los libros de contabilidad.
- 781. la no presentación de los libros de contabilidad sera indicio en contra del contribuyente.
- 782. Inspección contable.
- 783. Casos en los cuales debe darse traslado del acta.
- 784. Designación de peritos.
- 785. Valoración del dictamen.
- 786. Las de los ingresos no constitutivos de renta.
- 787. Las de los pagos y pasivos negados por los beneficiarios.
- 788. Las que los hacen acreedores a una exención.
- 789. Los hechos que justifican aumento patrimonial.
- 790. De los activos poseidos a nombre de terceros.
- 791. De las transacciones efectuadas con personas fallecidas.
- 792. Sujetos pasivos.
- 793. Responsabilidad solidaria.
- 794. Responsabilidad solidaria de los socios por los impuestos de la sociedad.
- 794-1. Desestimación de la personalidad jurídica.
- 795. Solidaridad de las entidades no contribuyentes que sirvan de elemento de evasión.
- 795-1. Procedimiento para declaración de deudor solidario.
- 796. Solidaridad de las entidades publicas por el impuesto sobre las ventas.
- 797. Solidaridad fiscal entre los beneficiarios de un titulo valor.
- 798. Responsabilidad subsidiaria por incumplimiento de deberes formales.
- 799. Responsabilidad de los bancos por pago irregular de cheques fiscales.
- 799-1. Información a las centrales de riesgo.
- 800. Lugar de pago.
- 800-1. Obras por impuestos.
- 801. Autorización para recaudar impuestos.
- 802. Aproximación de los valores en los recibos de pago.
- 803. Fecha en que se entiende pagado el impuesto.
- 804. Prelación en la imputación del pago.
- 805. Con bonos de financiamiento presupuestal, bonos de financiamiento especial y bonos para la paz.
- 806. Pago con titulos y certificados.
- 807. Cálculo y aplicación del anticipo.
- 808. Facultad para reducir el anticipo en forma general.
- 809. Autorización de la reducción en casos individuales.
- 810. Término para decidir sobre la solicitud de reducción.
- 811. Facultad para fijarlos.
- 812. Mora en el pago de los impuestos nacionales.
- 813. Exoneración de intereses moratorios.
- 814. Facilidades para el pago.
- 814-1. Competencia para celebrar contratos de garantía.
- 814-2. Cobro de garantías.
- 814-3. Incumplimiento de las facilidades.
- 815. Compensación con saldos a favor.
- 815-1.
- 815-2. Compensación de oficio.
- 816. Término para solicitar la compensación.
- 817. Término de prescripción de la acción de cobro.
- 818. Interrupción y suspension del termino de prescripción.
- 819. El pago de la obligación prescrita, no se puede compensar, ni devolver.
- 820. Remisión de las deudas tributarias.
- 821. Salida de extranjeros.
- 822. Control de los recaudos por la contraloria general de la república.
- 822-1. Dación en pago.
- 823. Procedimiento administrativo coactivo.
- 824. Competencia funcional.
- 825. Competencia territorial.
- 825-1. Competencia para investigaciones tributarias.
- 826. Mandamiento de pago.
- 827. Comunicación sobre aceptación de concordato.
- 828. Títulos ejecutivos.
- 828-1. Vinculación de deudores solidarios.
- 829. Ejecutoria de los actos.
- 829-1. Efectos de la revocatoria directa.
- 830. Término para pagar o presentar excepciones.
- 831. Excepciones.
- 832. Trámite de excepciones.
- 833. Excepciones probadas.
- 833-1. Recursos en el procedimiento administrativo de cobro.
- 834. Recurso contra la resolución que decide las excepciones.
- 835. Intervención del contencioso administrativo.
- 836. Orden de ejecución.
- 836-1. Gastos en el procedimiento administrativo coactivo.
- 837. Medidas preventivas.
- 837-1. Límite de inembargabilidad.
- 838. Límite de los embargos.
- 839. Registro del embargo.
- 839-1. Trámite para algunos embargos.
- 839-2. Embargo, secuestro y remate de bienes.
- 839-3. Oposición al secuestro.
- 839-4. Relación costo-beneficio en el proceso administrativo de cobro coactivo.
- 840. Remate de bienes.
- 841. Suspension por acuerdo de pago.
- 842. Prescripción de la acción de cobro.
- 843. Cobro ante la jurisdicción ordinaria.
- 843-1. Auxiliares.
- 843-2. Aplicación de depósitos.
- 844. En los procesos de sucesión.
- 845. Concordatos.
- 846. En otros procesos.
- 847. En liquidación de sociedades.
- 848. Personeria del funcionario de cobranzas.
- 849. Independencia de procesos.
- 849-1. Irregularidades en el procedimiento.
- 849-2. Provision para el pago de impuestos.
- 849-3. Clasificación de la cartera morosa.
- 849-4. Reserva del expediente en la etapa de cobro.
- 850. Devolución de saldos a favor.
- 850-1. Devolución del IVA por adquisiciones con tarjetas de crédito, débito o banca móvil:
- 851. Facultad para fijar tramites de devolución de impuestos.
- 852. Facultad para devolver a entidades exentas o no contribuyentes.
- 853. Competencia funcional de las devoluciones.
- 854. Término para solicitar la devolución de saldos a favor.
- 855. Termino para efectuar la devolución.
- 856. Verificación de las devoluciones.
- 857. Rechazo e inadmision de las solicitudes de devolución o compensación.
- 857-1. Investigación previa a la devolución o compensación.
- 858. Auto inadmisorio.
- 859. Devolución de retenciones no consignadas.
- 860. Devolución con presentación de garantía.
- 861. Compensación previa a la devolución.
- 862. Mecanismos para efectuar la devolución.
- 863. Intereses a favor del contribuyente.
- 864. Tasa de interes para devoluciones.
- 865. El gobierno efectuara las apropiaciones presupuestales para las devoluciones.
- 866. Corrección de los actos administrativos y liquidaciones privadas.
- 867. Pago o caución para demandar.
- 867-1. Actualización del valor de las sanciones tributarias pendientes de pago.
- 868. Unidad de valor tributario, UVT.
- 868-1. Valores absolutos reexpresados en unidades de valor tributario, UVT.
- 868-2. Moneda para efectos fiscales.
- 869. Abuso en materia tributaria.
- 869-1 . Supuestos para la aplicación del artículo 869 del estatuto tributario.
- 869-2. Facultades de la administración tributaria en caso de abuso.
- 869-3. Procedimiento de mutuo acuerdo.
- Libro VI Adicionado
- 870. Gravamen a los movimientos financieros, GMF.
- 871. Hecho generador del GMF.
- 872. Tarifa del gravamen a los movimientos financieros.
- 873. Causación del GMF.
- 874. Causación del GMF.
- 875. Sujetos pasivos del GMF.
- 876. Agentes de retención del GMF.
- 877. Declaración y pago del GMF.
- 878. Administración del GMF.
- 879. Exenciones del GMF.
- 880. Agentes de retención del GMF en operaciones de cuenta de depósito.
- 881. Devolución del GMF.
- 882. Entidades controladas del exterior sin residencia fiscal en Colombia (ECE).
- 883. Sujetos del régimen de entidades controladas del exterior sin residencia fiscal en Colombia (ECE).
- 884. Ingresos pasivos.
- 885. Presunción de pleno derecho.
- 886. Realización de los ingresos.
- 887. Realización de los costos.
- 888. Realización de las deducciones
- 889. Determinación de las rentas pasivas.
- 890. Renta liquida gravable.
- 891. Pérdidas asociadas a las rentas pasivas.
- 892. Descuento por impuestos pagados en el exterior por la ECE.
- 893. Tratamiento de la distribución de beneficios por parte de la ECE cuyo origen corresponde a rentas sometidas al régimen ECE
- 894. Compañías holding colombianas (CHC)
- 895. Dividendos y participaciones distribuidos por entidades no residentes en Colombia.
- 896. Ganancias ocasionales exentas.
- 897. Obligaciones de información y documentación.
- 898. Coordinación con otros regímenes.
- 899. Subdirección de administración.
- 900. División de recursos humanos.
- 901. División de inspección.
- 902. División financiera.
- 903. Creación del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación - SIMPLE.
- 904. Hecho generador y base gravable del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación - SIMPLE.
- 905. Sujetos pasivos
- 906. Sujetos que no pueden optar por el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación - SIMPLE.
- 907. Impuestos que comprenden e integran el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -SIMPLE-.
- 908. Tarifa
- 909. Inscripción al impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación - SIMPLE.
- 910. Declaración y pago del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación - SIMPLE.
- 911. Retenciones y autorretenciones en la fuente en el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación - SIMPLE.
- 912. Crédito o descuento del impuesto por ingresos por tarjetas de crédito, débito y otros mecanismos de pagos electrónicos.
- 913. Exclusión del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -SIMPLE- por razones de control.
- 914. Exclusión del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -SIMPLE- por incumplimiento.
- 915. Régimen de IVA y de impuesto al consumo.
- 916. Régimen de procedimiento, sancionatorio y de firmeza que las declaraciones del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación - SIMPLE.
- 917. División administrativa.
- 918. Subadministración de grandes contribuyentes.
- 919. División de grandes contribuyentes.
- 920. Funciones generales.
- 921. Funciones que asume el administrador.
- 922. Comité de coordinación.
- 923. Recaudaciones de impuestos nacionales.
- 924. Planta global.
- 925. Distribución de la planta global y ubicación de los funcionarios.
- 926. Redistribución de la planta y reubicación de funcionarios.
- 927. Reconocimiento por el traslado.
- 928. Traslado sin lleno de requisitos para el cargo.
- 929. Fondo de divulgación tributario.
- 930. Destinación del fondo de divulgación tributaria.
- 931. Distribución general de los recursos del fondo.
- 932. Fijación de tarifas.
- 933. Conceptos de la dirección general de impuestos nacionales.