*Los ingresos que reciban por parte del Gobierno Nacional las madres comunitarias por la prestación de dicho servicio social, se consideran un ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional.
Modificaciones
*-Adicionado- Ley 788 de 2002 Art 97
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Texto original del Estatuto Tributario:
Art 34. INGRESOS EN DÓLARES PARA TRABAJADORES DE EMPRESAS COLOMBIANAS DE TRANSPORTE AÉREO O MARÍTIMO. <Fuente original compilada: D. 2247/74 Art. 62> A los trabajadores de empresas colombianas de transporte internacional aéreo o marítimo que, por razón del oficio, hubieren convenido la remuneración en dólares, para efectos fiscales se les computará el treinta por ciento (30%) de dicha remuneración a la par en moneda nacional.