*Sin perjuicio de las funciones señaladas para cada una de las dependencias descritas anteriormente, corresponde a todas ellas las siguientes:
a) Remitir de acuerdo con los procedimientos y términos señalados, la información de las actuaciones desempeñadas por cada una de ellas a la División de Control de gestión o quien haga sus veces;
b) Las demás que le asignen la ley, el reglamento, instrucciones y demás disposiciones que emanen del Nivel Central y del respectivo administrador.
Modificaciones
*Derogado Decreto 1643 de 1991 Art 110.
Texto Anterior
Texto original del Estatuto Tributario:
Art 920. FUNCIONES GENERALES. Sin perjuicio de las funciones señaladas para cada una de las dependencias descritas anteriormente, corresponde a todas ellas las siguientes:
a) Remitir de acuerdo con los procedimientos y términos señalados, la información de las actuaciones desempeñadas por cada una de ellas a la División de Control de gestión o quien haga sus veces;
b) Las demás que le asignen la ley, el reglamento, instrucciones y demás disposiciones que emanen del Nivel Central y del respectivo administrador.