(Nuevo texto Ley 2277 de 2022) El impuesto al patrimonio se somete a las normas sobre declaración, pifigo, administración y control contempladas en los artículos 298,. 298-1, 298-2 y demás disposiciones concordantes de este Estatuto.
Nota 1. El impuesto al patrimonio de que trata el artículo 292-2 de este Estatuto se somete a las normas sobre declaración, pago, administración y control contempladas en los artículos 298, 298-1, 298-2 Y demás disposiciones concordantes de este Estatuto.
Modificaciones
Nota 1.Artículo Modificado Ley 2010 de 2019 Art. 49
- Modificado. Ley 1943 de 2018 Art. 41
-Artículo adicionado- Ley 1739 de 2014 Art. 9
Normas Relacionadas
Nota 1. Texto ley 1943 de 2019 Inexequibilidad diferida Corte Constitucional.
El impuesto al patrimonio de que trata el artículo 292-2 de este Estatuto se somete a las normas sobre declaración, pago, administración y control contempladas en los artículos 298, 298-1, 298-2 Y demás disposiciones concordantes de este Estatuto.