* -Derogado-

Nota - Artículo Derogado Accounter.co

Modificaciones

Derogado Ley 488 de 1998. Art. 145.

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Art. 424-4. Alambrón destinado a la elaboración de alambre de púas y torcido para cercas. El alambrón destinado a la fabricación de alambre de púas y torcido para cercas estará excluido del impuesto sobre las ventas, para lo cual se deberá acreditar tal condición en la forma como lo señale el Gobierno Nacional.