* -Derogado-Para las personas jurídicas y sus asimiladas el costo de un bien depreciable no involucrará el impuesto a las ventas cancelado en su adquisición o nacionalización, cuando haya debido ser tratado como descuento en el impuesto sobre la renta.

Modificaciones

* -Derogado Ley 1819 de 2016. Parte II Art.376-