* - Derogado -
* - Nota Ley 98 de 1993 Artículo 3. Se entiende por empresa editorial la persona jurídica responsable económica y legalmente de la edición de libros, revistas, folletos o coleccionables seriados de carácter científico o cultural, pudiendo realizar su producción en talleres propios o de terceros, total o parcialmente.
Modificaciones
* -Artículo derogado por la ley 98 de 1993 Art. 2.
* -El Concepto es retomado por lo dispuesto en la ley 98 de 1993 por lo tanto Deroga lo dispuesto en este articulo
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Art. 230. Se entiende por empresa editorial, la persona jurídica responsable económica y legalmente de la edición de libros, revistas o folletos, de carácter científico o cultural, aunque el proceso productivo se realice total o parcialmente en talleres propios o de terceros. La exención mencionada cobijará a la empresa editorial aún en el caso de que dicha empresa se ocupe de la distribución y venta de los mismos.