*Las rentas pasivas atribuibles a los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios son aquellas que resulten de sumar la totalidad de los ingresos pasivos realizados por la ECE en el año o período gravable, y restar los costos y las deducciones asociados a esos ingresos pasivos, de acuerdo con las reglas de los articulas anteriores.
Modificaciones
*Adicionado Ley 1819 de 2016 Art 139.
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Texto original del Estatuto Tributario:
Art 889. DIVISIÓN DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL. Son funciones de la División de Programación y Control:
a) Preparar el plan general de fiscalización y diseñar los programas respectivos;
b) Llevar el control y hacer la evaluación de los programas de fiscalización adelantar por las Administraciones de Impuestos Nacionales;
c) Adelantar visitas de supervisión a las Administraciones de Impuestos, sobre el desarrollo de los programas de fiscalización.