* - Derogado -
Nota - Artículo Derogado Accounter.co
Modificaciones
- Artículo derogado por la Ley 223 de 1995 Art. 285
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Art. 232. RENTA EXENTA PARA EMPRESAS EN SAN ANDRéS Y PROVIDENCIA. Las rentas líquidas provenientes de empresas destinadas exclusivamente a la explotación de industrias, hoteles, edificios de apartamentos y construcciones para fines culturales en el Archipiélago de San Andrés y Providencia, no serán gravables hasta el año 1990, inclusive.