*La declaración del impuesto de timbre deberá contener:

1. El formulario, que para el efecto señale la Dirección General de Impuestos Nacionales, debidamente diligenciado.

2. La descripción del documento o acto sometido al impuesto, con indicación de su fecha y cuantía.

3. La identificación de las personas o entidades que intervienen en el documento o acto.

4. La liquidación privada del impuesto de timbre, incluidas las sanciones e intereses, cuando fuere del caso.

5. La constancia del pago de la totalidad del impuesto, sus sanciones e intereses.

6. La firma de quien presenta la declaración del impuesto de timbre.

Modificaciones

*Derogado Ley 6 de 1992 Art. 140.

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Texto original del Estatuto Tributario:

Art 609. CONTENIDO DE LA DECLARACIÓN DE TIMBRE. La declaración del impuesto de timbre deberá contener:

1. El formulario, que para el efecto señale la Dirección General de Impuestos Nacionales, debidamente diligenciado.

2. La descripción del documento o acto sometido al impuesto, con indicación de su fecha y cuantía.

3. La identificación de las personas o entidades que intervienen en el documento o acto.

4. La liquidación privada del impuesto de timbre, incluidas las sanciones e intereses, cuando fuere del caso.

5. La constancia del pago de la totalidad del impuesto, sus sanciones e intereses.

6. La firma de quien presenta la declaración del impuesto de timbre.