* -Derogado-
Nota - Artículo Derogado Accounter.co
Modificaciones
* -Derogado Ley 6 de 1992 Art 140.-
Texto Anterior
Art. 727. Notificaciòn del auto. El auto previsto en el artículo anterior, se notificará personalmente, o por edicto si pasados diez (10) días, a partir de la fecha de la citación, el interesado no se presentare a notificarse personalmente.