* -Derogado-

Nota - Artículo Derogado Accounter.co

Modificaciones

* -Derogado Ley 6 de 1992 Art 140.-

Texto Anterior

Art. 727. Notificaciòn del auto. El auto previsto en el artículo anterior, se notificará personalmente, o por edicto si pasados diez (10) días, a partir de la fecha de la citación, el interesado no se presentare a notificarse personalmente.