*En la base de cálculo de los ingresos netos, no se incluirán los ingresos no constitutivos de renta no de ganancia ocasional.
Modificaciones
- Derogado Ley 6 de 1992 Art. 140
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Texto original del Estatuto Tributario:
Art 184. EXCLUSIÓN DE INGRESOS NO CONSTITUTIVOS DE RENTA NO GANANCIA OCASIONAL. <Fuente original compilada: L. 9/83 Art. 15 Inc. 2o.> En la base de cálculo de los ingresos netos, no se incluirán los ingresos no constitutivos de renta no de ganancia ocasional.