* Se consideran extranjeras las sociedades u otras entidades que no sean sociedades o entidades nacionales.

 

Modificaciones

* -Modificado- Ley 1607 de 2012. Art. 88.

Texto Anterior

Texto original del Decreto 624 de 1989

Art 21. Se consideran extranjeras las sociedades u otras entidades constituidas de acuerdo con leyes extranjeras y cuyo domicilio principal esté en el exterior.