* Se consideran extranjeras las sociedades u otras entidades que no sean sociedades o entidades nacionales.
* -Modificado-
Modificaciones
* -Modificado- Ley 1607 de 2012. Art. 88.
Texto Anterior
Se consideran extranjeras las sociedades u otras entidades constituidas de acuerdo con leyes extranjeras y cuyo domicilio principal esté en el exterior.