Art. 424-3. Maquinaria agropecuaria excluida del impuesto.

* -Derogado- Nota - Artículo Derogado Accounter.co

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Art. 424-5. Bienes excluidos del impuesto.

Quedan excluidos del impuesto sobre las ventas los siguientes bienes: 1. Derogado Ley 788 de 2002 Art. 118. 2. Derogado Ley 488 de 1998 Art. 154. 3. Derogado Ley 488 de 1998 Art. 154. 4. Los equipos y elementos nacionales o importados que se destinen a la construcción, instalación, montaje y operación de sistemas de […]

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Art. 424-6. Gas propano para uso domestico.

*- El gas propano para uso doméstico estará excluido del impuesto sobre las ventas.

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Art. 424-7. Otros bienes excluidos del impuesto a las ventas.

* -Derogado- Nota - Artículo Derogado Accounter.co

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Art. 425. Otros bienes que no causan el impuesto.

*- Se consideran bienes que no causan, el petróleo crudo destinado a su refinación, el gas natural, los butanos y la gasolina natural.

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Art. 426. Servicios excluidos.

Nota 1. Cuando en un establecimiento de comercio se lleven a cabo actividades de expendio de comidas y bebidas preparadas en restaurantes, cafeterías, autoservicios, heladerías, fruterías, pastelerías y panaderías, para consumo en el lugar, para ser llevadas por el comprador o entregadas a domicilio, los servicios de alimentación bajo contrato, incluyendo el servicio de catering, […]

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Art. 427. Pólizas de seguros excluidas.

*- Modificado- No son objeto del impuesto las pólizas de seguros de vida en los ramos de vida individual, colectivo, grupo, accidentes personales, de que trata la Sección II del Capítulo III del Título 5° del Libro 4° del Código de Comercio, las pólizas de seguros que cubran enfermedades catastróficas que corresponda contratar a las […]

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Art. 428. Importaciones que no causan impuesto.

Las siguientes importaciones no causan el impuesto sobre las ventas: * -Derogado- a. b. La introducción de materias que van a ser transformadas en desarrollo del plan importación - exportación de que trata la Sección Segunda del Capítulo X del Decreto - Ley 444 de 1967. c. La introducción de artículos con destino al servicio […]

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Art. 428-1. Importaciones de activos por instituciones de educación superior.

- * Modificado - Los equipos y elementos que importen los centros de investigación o desarrollo tecnológico reconocidos por Colciencias, así como las instituciones de educación básica primaria, secundaria, media o superior reconocidas por el Ministerio de Educación Nacional y que estén destinados al desarrollo de proyectos calificados como de carácter científico, tecnológico o de […]

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