Si se presenta declaración de renta y patrimonio por primera vez y el patrimonio líquido resulta superior a la renta gravable ajustada como se indica en el artículo anterior, el mayor valor patrimonial se agrega a la renta gravable determinada por el sistema ordinario. *Constituye explicación satisfactoria para el cónyuge hijo de familia, la inclusión […]
Leer másArt. 239. No habrá lugar a la comparación patrimonial.
La conversión de títulos de deuda pública externa de que trata el artículo 42, no dará lugar a determinar la renta por el sistema de comparación de patrimonios.
Leer másArt. 239-1. Renta líquida gravable por activos omitidos o pasivos inexistentes.
*Los contribuyentes podrán incluir como renta líquida gravable en la declaración de renta y complementarios o en las correcciones a que se refiere el artículo 588, el valor de los activos omitidos y los pasivos inexistentes originados en períodos no revisables, adicionando el correspondiente valor como renta líquida gravable y liquidando el respectivo impuesto, sin […]
Leer másArt. 240. Tarifa general para para personas juridicas.
La tarifa general del impuesto sobre la renta aplicable a las sociedades nacionales y sus asimiladas los establecimientos permanentes de entidades del exterior y las personas Jurídicas extranjeras con o sin residencia en el país, obligadas a presentar la declaración anual del impuesto sobre la renta y complementarios, será del treinta y cinco por ciento […]
Leer másArt. 240-1. Tarifa para usuarios de zona franca.
*Para efectos de la determinación del impuesto sobre la renta, los usuarios industriales de zonas francas aplicarán las siguientes reglas: 1.A la renta líquida gravable multiplicada por el resultado de dividir los ingresos provenientes de la exportación de bienes y servicios por la totalidad de los ingresos fiscales, excluyendo las ganancias ocasionales, le será aplicable […]
Leer másArt. 241. Tarifa para las personas naturales y extranjeras residentes y asignaciones y donaciones modales.
*El impuesto sobre la renta de las personas naturales residentes en el país, de las sucesiones de causantes residentes en el país, y de los bienes destinados a fines especiales, en virtud de donaciones o asignaciones modales, se determinará de acuerdo con la siguiente tabla: Rangos UVT Tarifa Marginal Impuesto Desde Hasta > 0 1.090 […]
Leer másArt. 242. Tarifa especial para dividendos o participaciones recibidas por personas naturales residentes.
*Los dividendos y participaciones pagados o abonados en cuenta a personas naturales residentes y sucesiones Ilíquidas de causantes que al momento de su muerte eran residentes del país, provenientes de distribución de utilidades que hubieren sido consideradas como ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional conforme a lo dispuesto en el numeral 3 del […]
Leer másArt. 242-1. Tarifa especial para dividendos o participaciones recibidas por sociedades nacionales.
*Los dividendos y participaciones pagados o abonados en cuenta a sociedades nacionales provenientes de distribución de utilidades que hubieren sido consideradas como ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional conforme a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 49 de este Estatuto, estarán sujetas a la tarifa del diez por ciento (10%) a […]
Leer másArt. 243. Destinación especifica.
*A partir del periodo gravable 2017, 9 puntos porcentuales (9%) de la tarifa del Impuesto sobre la Renta y Complementarios de las personas jurídicas, se destinarán así: 1. 2.2 puntos se destinarán al ICBF. 2. 1.4 puntos al SENA. 3. 4.4 puntos al Sistema de Seguridad Social en Salud. 4. 0.4 puntos se destinarán a […]
Leer másArt. 244. Excepción de los no declarantes.
*El impuesto de renta de los asalariados no obligados a presentar declaración de renta y complementarios, no se rige por lo previsto en el artículo 241. El impuesto de renta, *patrimonio* y ganancia ocasional, a cargo de los asalariados no obligados a presentar declaración de renta y complementarios, y el de los demás contribuyentes no […]
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