Las entidades encargadas de tramitar los giros o remesas al exterior de sumas que constituyan renta o ganancia ocasional, deberán exigir que la declaración de cambios vaya acompañada de una certificación de revisor fiscal o contador público, según el caso, en la cual conste el pago del impuesto de renta *y de remesas*, según corresponda, […]
Leer másArt. 326. Requisitos para la autorización de cambio de titular de inversión extranjera.
Para autorizar el cambio de titular de una inversión extranjera, el organismo nacional competente deberá exigir que se haya acreditado, ante la Dirección General de Impuestos Nacionales (Hoy UAE Dirección de impuestos y aduanas nacionales), el pago de los impuestos correspondientes a la respectiva transacción o se haya otorgado garantía del pago de dicho impuesto. […]
Leer másArt. 327. Facultad de establecer condiciones para el cambio de titular de inversión extranjera.
El Gobierno Nacional determinará las condiciones en que los titulares de inversiones extranjeras deben cumplir los requisitos previstos en el artículo anterior.
Leer másArt. 328. Recaudo y control.
* -Derogado- Nota - Artículo Derogado Accounter.co
Leer másArt. 329. Determinación del impuesto sobre la renta de las personas naturales.
*- Modificado- El impuesto sobre la renta y complementarios de las personas naturales residentes en el país, se calculará y ajustará de conformidad con las reglas dispuestas en el presente título. Las normas previstas en el presente Título se aplicarán sin perjuicio de lo previsto en el Título I Nota - Artículo Derogado Accounter.co
Leer másArt. 330. Determinación cedular.
Nota 1. La depuración de las rentas correspondientes a cada una de las cédulas a que se refiere este artículo se efectuará de manera independiente, siguiendo las reglas establecidas en el artículo 26 de este Estatuto aplicables a cada caso. El resultado constituirá la renta líquida cedular. Los conceptos de ingresos no constitutivos de renta, […]
Leer másArt. 331. Rentas líquidas gravables.
Nota 1. Para efectos de determinar las rentas líquidas gravables a las que le serán aplicables las tarifas establecidas en el artículo 241 de este Estatuto, se seguirán las siguientes reglas: Se sumarán las rentas líquidas cedulares obtenidas en las rentas de trabajo, de capital no laborales de pensiones y de dividendos y participaciones. A […]
Leer másArt. 332. Rentas exentas y deducciones.
* -Modificado- Solo podrán restarse beneficios tributarios en las cédulas en las que se tengan ingresos. No se podrá imputar en más de una cédula una misma renta exenta o deducción. Nota - Artículo Derogado Accounter.co
Leer másArt. 333. Base de renta presuntiva.
Nota 1. Para efectos de los artículos 188 y siguientes de este Estatuto, la base de renta presuntiva del contribuyente se comparará con la renta de la cédula general. Texto inexequible 1 enero 2020 Artículo Derogado
Leer másArt. 333-1. Ajuste de las compras de mercancías o inventarios.
* -Derogado- Nota - Artículo Derogado Accounter.co
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