Art. 427. Pólizas de seguros excluidas.

*- Modificado- No son objeto del impuesto las pólizas de seguros de vida en los ramos de vida individual, colectivo, grupo, accidentes personales, de que trata la Sección II del Capítulo III del Título 5° del Libro 4° del Código de Comercio, las pólizas de seguros que cubran enfermedades catastróficas que corresponda contratar a las […]

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Art. 428. Importaciones que no causan impuesto.

Las siguientes importaciones no causan el impuesto sobre las ventas: * -Derogado- a. b. La introducción de materias que van a ser transformadas en desarrollo del plan importación - exportación de que trata la Sección Segunda del Capítulo X del Decreto - Ley 444 de 1967. c. La introducción de artículos con destino al servicio […]

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Art. 428-1. Importaciones de activos por instituciones de educación superior.

- * Modificado - Los equipos y elementos que importen los centros de investigación o desarrollo tecnológico reconocidos por Colciencias, así como las instituciones de educación básica primaria, secundaria, media o superior reconocidas por el Ministerio de Educación Nacional y que estén destinados al desarrollo de proyectos calificados como de carácter científico, tecnológico o de […]

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Art. 428-2. Efectos tributarios de la fusión y escisión de sociedades.

Lo dispuesto en los artículos 319, 319-3 y 319-5 de este Estatuto, es igualmente válido en materia del impuesto sobre las ventas. Nota - Artículo Derogado Accounter.co

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Art. 429. Momento de causación.

El impuesto se causa:a. En las ventas, en la fecha de emisión de la factura o documento equivalente y a falta de éstos, en el momento de la entrega, aunque se haya pactado reserva de dominio, pacto de retroventa o condición resolutoria.b. En los retiros a que se refiere el literal b) del artículo 421, […]

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Art. 430. Causación del impuesto sobre la venta de cerveza.

El impuesto sobre el consumo de cervezas de producción nacional, se causa en el momento en que el artículo sea entregado por el productor para su distribución o venta en el país.

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Art. 431. Causación en el servicio de transporte aéreo o marítimo.

En el caso del servicio de transporte internacional de pasajerosde que trata el artículo476numeral 6, el impuesto se causa en el momento de la expedición de la orden de cambio, o del conocimiento por parte del responsable de la emisión del tiquete, y se liquidará, sobre el valor total del tiquete u orden de cambio […]

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Art. 432. En el servicio de teléfonos se causa al momento del pago.

En el caso del servicio de teléfonosde que trata el artículo 476*-numerales 10 y 11-*, el gravamen se causa en el momento del pago correspondiente hecho por el usuario.

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Art. 433. En seguros se causa al conocimiento de la emisión de la póliza.

En el caso del servicio de seguros*-de que trata el artículo476numeral 12-*, el impuesto se causa en su integridad en el momento en que la compañía conozca en su sede principal la emisión de la póliza, el anexo correspondiente que otorgue el amparo o su renovación. Cuando se trate de coaseguros, que contempla el artículo […]

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Art. 434. En seguros de transporte.

En los certificados de seguro de transporte que se expidan con posterioridad a los despachos de las mercancías, el impuesto se causa sobre tal certificado.

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