Art. 36-1. Utilidad en la enajenación de acciones.

* -Derogado- De la utilidad obtenida en la enajenación de acciones o cuotas de interés social, no constituye renta ni ganancia ocasional, la parte proporcional que corresponda al socio o accionista, en las utilidades retenidas por la sociedad, susceptibles de distribuirse como no gravadas, que se hayan causado entre la fecha de adquisición y la […]

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Art. 36-2. Distribución de utilidades o reservas en acciones o cuotas de interés social.

El valor fiscal por el cual se reciben los dividendos o participaciones en acciones o cuotas de interés social, provenientes de la distribución de utilidades o reservas que sean susceptibles de distribuirse como no gravadas, es el valor de las utilidades o reservas distribuidas.

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Art. 36-3. Capitalizaciones no gravadas para los socios o accionistas.

(Derogado Art. 96 Ley 2277 de 2022) -Modificado-La distribución de utilidades en acciones o cuotas de interés social, o su traslado a la cuenta de capital, producto de la capitalización de la cuenta de Revalorización del Patrimonio, es un ingreso no constitutivo de renta ni de ganancia ocasional. En el caso de las sociedades cuyas acciones se […]

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Art. 36-4. Procesos de democratización.

* -Derogado- ** -Nota- No constituyen renta ni ganancia ocasional las utilidades originadas en procesos de democratización de sociedades, realizados mediante oferta pública. Se entenderá que se ha efectuado un proceso de democratización a través de una oferta pública, cuando se ofrezca al público en general el diez por ciento (10%) o más de las […]

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Art. 37. Utilidad en venta de inmuebles.

** -Nota- Cuando, mediante negociación directa y por motivos definidos previamente por la Ley como de interés público o de utilidad social, o con el propósito de proteger el ecosistema a juicio del Ministerio del Medio Ambiente, se transfieran bienes inmuebles que sean activos fijos a entidades públicas y/o mixtas en las cuales tenga mayor […]

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Art. 38. El componente inflacionario de los rendimientos financieros percibidos por personas naturales y sucesiones ilíquidas.

Nota 1. No constituye renta ni ganancia ocasional la parte que corresponda al componente inflacionario de los rendimientos financieros percibidos por personas naturales y sucesiones ilíquidas, que provengan de:a. Entidades que estando sometidas a inspección y vigilancia de la Superintendencia Bancaria (Hoy Superintendencia Financiera), tengan por objeto propio intermediar en el mercado de recursos financieros. […]

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Art. 39. Componente inflacionario de los rendimientos financieros que distribuyan los fondos de inversión, mutuos de inversión y de valores.

Nota 1. Las utilidades que los fondos mutuos de inversión, los fondos de inversión y los fondos de valores distribuyan o abonen en cuenta a sus afiliados, no constituyen renta ni ganancia ocasional en la parte que corresponda al componente inflacionario de los rendimientos financieros recibidos por el fondo cuando éstos provengan de:a. Entidades que […]

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Art. 40. El componente inflacionario en rendimientos financieros percibidos por los demás contribuyentes.

No constituye renta ni ganancia ocasional el componente inflacionario de los rendimientos financieros percibidos por los contribuyentes distintos de las personas naturales, en el porcentaje que se indica a continuación:30% para los años gravables de 1989, 1990 y 199140% para el año gravable 199250% para el año gravable 199360% para el año gravable 199470% para […]

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Art. 40-1. Componente inflacionario de los rendimientos financieros.

Nota 1. Para fines de los cálculos previstos en los artículos 38, 39 y 40 del Estatuto Tributario, el componente inflacionario de los rendimientos financieros se determinará como el resultado de dividir la tasa de inflación del respectivo año gravable, certificada por el DANE, por la tasa de captación más representativa del mercado, en el […]

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Art. 41. Componente inflacionario de rendimientos y gastos financieros.

Nota 1. * -Modificado- El componente inflacionario de los rendimientos y gastos financieros a que se refieren los artículos 40-1, 81-1 y 118 de este Estatuto, será aplicable únicamente por las personas naturales y sucesiones ilíquidas no obligadas a llevar libros de contabilidad.Los intereses, los ajustes por diferencia en cambio, así como los demás gastos […]

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