Art. 289. Efecto del estado de situación financiera de apertura -ESFA· en los activos y pasivos, cambios en políticas contables y errores contables.

* -Adicionado- Las siguientes son reglas aplicables para el impuesto sobre la renta y complementarios: 1. Para efectos fiscales, la reexpresión de activos y pasivos producto de la adopción por primera vez hacia un nuevo marco técnico normativo contable no generarán nuevos ingresos o deducciones, si dichos activos y pasivos ya generaron ingresos o deducciones […]

Leer más

Art. 290. Régimen de transición

* -Adicionado- Las siguientes son las reglas para el régimen de transición por la aplicación de lo previsto en la Parte II de esta ley: 1. Regla general. Los saldos de los activos pendientes por amortizar a la entrada en vigencia de esta ley, en donde no exista una regla especial de amortización en este […]

Leer más

Art. 291.Régimen de transición por los ajustes de diferencia en cambio.

* -Adicionado- Los ajustes por concepto de diferencia en cambio se someterán a las siguientes reglas: 1.Los pasivos en moneda extranjera a 31 de diciembre del 2016, mantendrán su valor patrimonial determinado a dicha fecha. Para los pagos parciales de dichos pasivos se aplicará lo establecido en el artículo 288 de este Estatuto, a partir […]

Leer más

Art. 292. Impuesto al patrimonio.

* -Modificado- Por los años gravables 2007, 2008, 2009 y 2010, créase el impuesto al patrimonio a cargo de las personas jurídicas, naturales y sociedades de hecho, contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta. Para efectos de este gravamen, el concepto de riqueza es equivalente al total del patrimonio líquido del obligado. PARÁGRAFO. Los contribuyentes […]

Leer más

Art. 292-1. Impuesto al patrimonio.

* -Adicionado- Por el año 2011, créase el impuesto al patrimonio a cargo de las personas jurídicas, naturales y sociedades de hecho, contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta. Para efectos de este gravamen, el concepto de riqueza es equivalente al total del patrimonio líquido del obligado. Los contribuyentes podrán imputar el impuesto al patrimonio […]

Leer más

Art. 292-2. Impuesto al Patrimonio - Sujetos Pasivos.

Nota 1. Por los años 2020 Y 2021, créase un impuesto extraordinario denominado el impuesto al patrimonio a cargo de: 1. Las personas naturales, las sucesiones ilíquidas, contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios o de regímenes sustitutivos delimpuesto sobre la renta. 2. Las personas naturales, nacionales o extranjeras, que no tengan residencia en […]

Leer más

Art. 293. Hecho generador.

* -Modificado- El impuesto a que se refiere el artículo anterior se genera por la posesión de riqueza a 1o de enerodel año 2007, cuyo valor sea igual o superior a tres mil millones de pesos ($ 3.000.000.000)

Leer más

Art. 293-1. Hecho generador.

* -Adicionado- Por el año 2011, el impuesto al patrimonio, al que se refiere el artículo 292-1, se genera por la posesión de riqueza a 1o de enero del año 2011, cuyo valor sea igual o superior a tres mil millones de pesos ($3.000.000.000).

Leer más

Art. 293-2. No Contribuyentes del Impuesto a la Riqueza

*-Derogado-Artículo 293-2. No Contribuyentes del Impuesto a la Riqueza. No son contribuyentes del Impuesto a la Riqueza de que trata el artículo 292-2 las personas naturales y las sociedades o entidades de que tratan los artículos 18, 18-1, el numeral 1 del artículo 19, los artículos 22, 23, 23-1, 23-2, así como las definidas en […]

Leer más

Art. 294. Causación.

* -Modificado- El impuesto al patrimonio se causa el 1o de enero de cada año, por los años 2007, 2008, 2009 y 2010.

Leer más