Art. 38. El componente inflacionario de los rendimientos financieros percibidos por personas naturales y sucesiones ilíquidas.

*No constituye renta ni ganancia ocasional la parte que corresponda al componente inflacionario de los rendimientos financieros percibidos por personas naturales y sucesiones ilíquidas, que provengan de: a. Entidades que estando sometidas a inspección y vigilancia de la Superintendencia Bancaria (Hoy Superintendencia Financiera), tengan por objeto propio intermediar en el mercado de recursos financieros. Entidades […]

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Art. 39. Componente inflacionario de los rendimientos financieros que distribuyan los fondos de inversión, mutuos de inversión y de valores.

Las utilidades que los fondos mutuos de inversión, los fondos de inversión y los fondos de valores distribuyan o abonen en cuenta a sus afiliados, no constituyen renta ni ganancia ocasional en la parte que corresponda al componente inflacionario de los rendimientos financieros recibidos por el fondo cuando éstos provengan de: a. Entidades que estando […]

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Art. 40. El componente inflacionario en rendimientos financieros percibidos por los demás contribuyentes.

No constituye renta ni ganancia ocasional el componente inflacionario de los rendimientos financieros percibidos por los contribuyentes distintos de las personas naturales, en el porcentaje que se indica a continuación: 30% para los años gravables de 1989, 1990 y 1991 40% para el año gravable 1992 50% para el año gravable 1993 60% para el […]

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Art. 40-1. Componente inflacionario de los rendimientos financieros.

*Para fines de los cálculos previstos en el Artículo 38, Articulo 39 y Artículo 40 del Estatuto Tributario, el componente inflacionario de los rendimientos financieros se determinará como el resultado de dividir la tasa de inflación del respectivo año gravable, certificada por el DANE, por la tasa de captación más representativa del mercado, en el […]

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Art. 41. Componente inflacionario de rendimientos y gastos financieros.

*El componente inflacionario de los rendimientos y gastos financieros a que se refiere en el Artículo 40-1, Artículo 81-1 y Artículo 118 de este Estatuto, será aplicable únicamente por las personas naturales y sucesiones ilíquidas no obligadas a llevar libros de contabilidad. Los intereses, los ajustes por diferencia en cambio, así como los demás gastos financieros, […]

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Art. 42. Recompensas.

*No constituye renta ni ganancia ocasional para los beneficiarios del pago, toda retribución en dinero, recibida de organismos estatales, como recompensa por el suministro de datos e informaciones especiales a las secciones de inteligencia de los organismos de seguridad del Estado, sobre ubicación de antisociales o conocimiento de sus actividades delictivas, en un lugar determinado.

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Art. 43. Los premios en concursos nacionales e internacionales.

*No están sometidos al impuesto sobre la renta y complementarios, los premios y distinciones obtenidos en concursos o certámenes nacionales e internacionales de carácter científico, literario, periodístico, artístico y deportivo, reconocidos por el Gobierno Nacional.

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Art. 44. La utilidad en la venta de casa o apartamento de habitación.

Cuando la casa o apartamento de habitación del contribuyente hubiere sido adquirido con anterioridad al 1o. de enero de 1987, no se causará impuesto de renta ni ganancia ocasional por concepto de su enajenación sobre una parte de la ganancia obtenida, en los porcentajes que se indican a continuación: 10% si fue adquirida durante el […]

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Art. 45. Las indemnizaciones por seguro de daño.

El valor de las indemnizaciones en dinero o en especie que se reciban en virtud de seguros de daño en la parte correspondiente al daño emergente, es un ingreso no constitutivo de renta ni de ganancia ocasional. *Para obtener este tratamiento, el contribuyente deberá demostrar dentro del plazo que señale el reglamento, la inversión de […]

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Art. 46. Apoyos económicos no constitutivos de renta ni de ganancia ocasional.

*Son ingresos no constitutivos de renta o ganancia ocasional, los apoyos económicos no reembolsables o condonados, entregados por el Estado o financiados con recursos públicos, para financiar programas educativos.

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