* -Adicionado- La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ejercerá la fiscalización de las entidades sin ánimo de lucro y de aquellas que soliciten su calificación en el Régimen Tributario Especial, de acuerdo con el artículo 19. PARÁGRAFO 1. La DIAN deberá incluir dentro de su plan anual de fiscalización un programa de control […]
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