* -Adicionado- Los dividendos y beneficios distribuidos o repartidos por la ECE, así como los remanentes distribuidos al momento de la liquidación de la ECE, originados en utilidades que estuvieron sometidas a tributación de acuerdo con las reglas de este Título, serán considerados como ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional al momento de […]
Leer másArt. 894. Compañías holding colombianas (CHC)
Nota 1. Podrán acogerse al régimen CHC las sociedades nacionales que tengan como una de sus actividades principales la tenencia de valores, la inversión o holding de acciones o participaciones en sociedades o entidades colombianas y/o del exterior, y/o la administración de dichas inversiones, siempre que cumplan con las siguientes condiciones: 1. Participación directa o […]
Leer másArt. 895. Dividendos y participaciones distribuidos por entidades no residentes en Colombia.
Nota 1. Los dividendos o participaciones distribuidos por entidades no residentes en Colombia a una CHC estarán exentos del impuesto sobre la renta y se declararán como rentas exentas de capital. Los dividendos que a su vez distribuya una CHC a una persona natural residente o a una persona jurídica residente, contribuyente del impuesto sobre […]
Leer másArt. 896. Ganancias ocasionales exentas.
Nota 1. Las rentas derivadas de la venta o transmisión de la participación de una CHC en entidades no residentes en Colombia estarán exentas del impuesto sobre la renta y deberán declararse como ganancias ocasionales exentas. Las rentas derivadas de la venta o transmisión de las acciones o participaciones en una CHC estarán exentas excepto […]
Leer másArt. 897. Obligaciones de información y documentación.
Nota 1. Las CHC deberán mantener la documentación que acredite el importe de las rentas exentas y los impuestos pagados en el extranjero correspondientes a estas, así como facilitar a sus socios o accionistas la información necesaria para que éstos puedan cumplir lo previsto en los artículos anteriores. Adicionalmente, deberán mantener los estudios, documentos y […]
Leer másArt. 898. Coordinación con otros regímenes.
Nota 1. Las CHC y sus accionistas estarán sometidos al régimen general del impuesto sobre la renta respecto de las actividades gravadas realizadas en el territorio nacional y en el extranjero a través de establecimientos permanentes. Adicionalmente, se tendrán en cuenta las siguientes interacciones para efectos de la tributación de las CHC: 1. Las CHC […]
Leer másArt. 899. Subdirección de administración.
* -Derogado- Nota - Artículo Derogado Accounter.co
Leer másArt. 900. División de recursos humanos.
* -Derogado. Nota - Artículo Derogado Accounter.co
Leer másArt. 901. División de inspección.
* -Derogado. Nota - Artículo Derogado Accounter.co
Leer másArt. 902. División financiera.
* -Derogado- Nota - Artículo Derogado Accounter.co
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