Nota 1. Créese a partir del 1 de enero de 2020 el impuesto unificado que se pagará bajo el régimen simple de tributación - SIMPLE, con el fin de reducir las cargas formales y sustanciales, impulsar la formalidad y, en general, simplificar y facilitar el cumplimiento de la obligación tributaria de los contribuyentes que voluntariamente […]
Leer másArt. 904. Hecho generador y base gravable del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación - SIMPLE.
Nota 1. El hecho generador del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación simple es la obtención de ingresos susceptibles de produir un incremento en el patrimonio, su base gravable está integrada por la totalidad de los ingresos brutos, ordinarios y extraordinarios, percibidos en el respectivo periodo gravable. Para el caso del impuesto de […]
Leer másArt. 905. Sujetos pasivos
Nota 1. Podrán ser sujetos pasivos del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -SIMPLE- las personas naturales o jurídicas que reúnan la totalidad de las siguientes condiciones: 1. Que se trate de una persona natural que desarrolle una empresa o de una persona jurídica en la que sus socios, partícipes o accionistas sean […]
Leer másArt. 906. Sujetos que no pueden optar por el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación - SIMPLE.
Nota 1. No podrán optar por el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación - SIMPLE: 1. Las personas jurídicas extranjeras o sus establecimientos permanentes. 2. Las personas naturales sin residencia en el país o sus establecimientos permanentes. 3. Las personas naturales residentes en el país que en el ejercicio de sus actividades configuren […]
Leer másArt. 907. Impuestos que comprenden e integran el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -SIMPLE-.
Nota 1. El impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -SIMPLE- comprende e integra los siguientes impuestos: 1. Impuesto sobre la renta; 2. Impuesto nacional al consumo, cuando se desarrollen servicios de expendio de comidas y bebidas; 3. Impuesto de industria y comercio consolidado, de conformidad con las tarifas determinadas por los consejos municipales […]
Leer másArt. 908. Tarifa
Nota 1. (Nuevo texto Ley 2277 de 2022) La tarifa del impuesto unificado bajo el reglmen simple de tributación SIMPLE- depende de los ingresos brutos anuales y de la actividad empresarial, así: 1. Tiendas pequeñas, mini-mercados, micro-mercados y peluquería: Ingresos brutos anuales Tarifa SIMPLE Consolidada Igual o superior (UVT) Inferior (UVT) 0 UVT 6.000 UVT […]
Leer másArt. 909. Inscripción al impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación - SIMPLE.
Nota 1. Modificado ley 2155 de 2021. Las personas naturales o jurídicas que pretendan optar por acogerse al impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación – SIMPLE y cuenten con inscripción en el Registro Único Tributario (RUT) deberán hacerlo mediante la actualización en este mecanismo de la responsabilidad como contribuyentes del SIMPLE hasta el […]
Leer másArt. 910. Declaración y pago del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación - SIMPLE.
Nota 1. Los contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación SIMPLE deberán presentar una declaración anual consolidada dentro de los plazos que fije el Gobierno nacional y en el formulario simplificado señalado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN mediante resolución. Lo anterior sin perjuicio del pago del anticipo […]
Leer másArt. 911. Retenciones y autorretenciones en la fuente en el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación - SIMPLE.
NOta 1. Los contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -SIMPLE- no estarán sujetos a retención en la fuente y tampoco estarán obligados a practicar retenciones y autorretenciones en la fuente con excepción de las correspondientes a pagos laborales. En los pagos por compras de bienes o servicios realizados por los contribuyentes […]
Leer másArt. 912. Crédito o descuento del impuesto por ingresos por tarjetas de crédito, débito y otros mecanismos de pagos electrónicos.
Nota 1. Los pagos o abonos en cuenta susceptibles de constituir ingreso tributario para los contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -SIMPLE-, por concepto de ventas de bienes o servicios rea'lzadas a través de los sistemas de tarjetas de crédito y/o débito y otros mecanirmos de pagos electrónicos, generarán un crédito […]
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