* -Derogado-
*** -Adicionada- Las cuotas de manejo de tarjetas no asociadas a cuentas corrientes o de ahorro, emitidas por establecimientos bancarios, para los empleados, pensionados o miembros de la fuerza pública con asignación de retiro o pensión, que devenguen un salario mensual igual o inferior a **51 UVT*, correrán a cargo del empleador, quien tendrá derecho a deducir de su renta el importe que haya reconocido por los mismos.
Modificaciones
* -Derogado Ley 1819 de 2016. Parte II Art.376-
** -Manejo en UVT dado por laLey 1111 de 2006Art 51.
** -Artículo adicionado- Ley 863 de 2003 Art. 2.