* -Modificado- Para corregir las declaraciones tributarias, disminuyendo el valor a pagar o aumentando el saldo a favor, se deberá presentar la respectiva declaración por el medio al cual se encuentra obligado el contribuyente, dentro del año siguiente al vencimiento del término para presentar la declaración. La corrección de las declaraciones a que se refiere […]
Leer másArt. 589-1. Corrección de algunos errores que implican tener la declaración por no presentada.
* - Derogado- Nota - Artículo Derogado Accounter.co
Leer másArt. 590. Correcciones provocadas por la administración.
Habrá lugar a corregir la declaración tributaria con ocasión de la respuesta al pliego de cargos, al requerimiento especial o a su ampliación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 709.Igualmente, habrá lugar a efectuar la corrección de la declaración dentro del término para interponer el recurso de reconsideración, en las circunstancias previstas en […]
Leer másArt. 591. Quienes deben presentar declaración de renta y complementarios.
Están obligados a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios por el año gravable de 1987 y siguientes, todos los contribuyentes sometidos a dicho impuesto, con excepción de los enumerados en el artículo siguiente.
Leer másArt. 592. Quienes no estan obligados a declarar.
No están obligados a presentar declaración de renta y complementarios: 1. Los contribuyentes personas naturales y sucesiones ilíquidas que no sean responsables del impuesto a las ventas, que en el respectivo año o período gravable hayan obtenido ingresos brutos inferiores a 1.400 UVT** y que el patrimonio bruto en el último día del año o […]
Leer másArt. 593. Asalariados no obligados a declarar.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral 1o. del artículo anterior, no presentarán declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, los asalariados cuyos ingresos brutos provengan por lo menos en un ochenta por ciento (80%) de pagos originados en una relación laboral o legal y reglamentaria, siempre y cuando en relación con el […]
Leer másArt. 594. El certificado de ingresos y retenciones reemplaza la declaración para los asalariados no declarantes.
Para los asalariados no declarantes, el certificado de ingresos y retenciones, con el cumplimiento de los requisitos señalados en las normas legales, reemplaza para todos los efectos, la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios.
Leer másArt. 594-1. Trabajadores independientes no obligados a declarar
*-Derogado- ** -Modificado- Sin perjuicio de lo establecido por los artículos 592 y 593, no estarán obligados a presentar declaración de renta y complementarios, los contribuyentes personas naturales y sucesiones ilíquidas, que no sean responsables del impuesto a las ventas, cuyos ingresos brutos se encuentren debidamente facturados y de los mismos un ochenta por ciento […]
Leer másArt. 594-2. Declaraciones tributarias presentadas por los no obligados.
Las declaraciones tributarias presentadas por los no obligados a declarar no producirán efecto legal alguno.
Leer másArt. 594-3. Otros requisitos para no obligados a presentar declaración del impuesto sobre la renta.
* -Modificado- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 592, para no estar obligado a presentar declaración de renta y complementaríos se tendrán en cuenta los siguientes requisitos: a) Que los consumos mediante tarjeta de crédito durante el año gravable no excedan la suma de1.400 UVT; b) Que el total de compras yconsumos durante […]
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