Art. 69-1. Determinación del costo fiscal de los activos no corrientes mantenidos para la venta.

* -Adicionado- Para efectos del impuesto sobre la renta y complementarios, el costo fiscal de los activos no corrientes mantenidos para la venta, corresponderá al mismo costo fiscal remanente del activo antes de su reclasificación. Así, el costo fiscal será la sumatoria de: 1. Precio de adquisición 2. Costos directos atribuibles en la medición inicial. […]

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Art. 70. Ajuste al costo de los activos fijos.

Los contribuyentes podrán ajustar anualmente el costo de los bienes muebles e inmuebles, que tengan el carácter de activos fijos en el porcentaje señalado en el artículo 868. * -Derogado- PARÁGRAFO. Nota - Texto Norma Derogada

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Art. 71. Utilidad en la enajenación de inmuebles.

* -Modificado- Para determinar la utilidad en la enajenación de bienes inmuebles que se encuentren contenidos en el artículo 69 y 69-1 de Estatuto Tributario, se restará al precio de venta el costo fiscal, establecido de acuerdo con las alternativas previstas en este Capítulo. Cuando se trate de inmuebles adquiridos mediante contratos de arrendamiento financiero […]

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Art. 72. Avaluó como costo fiscal.

El avalúo declarado para los fines del Impuesto Predial Unificado, en desarrollo de lo dispuesto por los artículos 13 y 14 de la ley 44 de 1990 y 155 del Decreto 1421 de 1993, y los avalúos formados o actualizados por las autoridades catastrales, en los términos del artículo 5o. de la Ley 14 de […]

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Art. 73. Ajuste de bienes raíces, acciones y aportes que sean activos fijos de personas naturales.

Para efectos de determinar la renta o ganancia ocasional, según el caso, proveniente de la enajenación de bienes raíces y de acciones o aportes, que tengan el carácter de activos fijos, los contribuyentes que sean personas naturales podrán ajustar el costo de adquisición de tales activos, en el incremento porcentual del valor de la propiedad […]

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Art. 74. Costo fiscal de los activos intangibles.

* -Modificado- Para efectos del ímpuesto sobre la renta y complementarios, los activos intangibles se clasifican dependiendo de la operación que los origine, y su costo fiscal, se determina con base en lo siguiente: 1. Activos intangibles adquiridos separadamente. Son aquellos activos intangibles por los cuales el contribuyente paga por su adquisición. El costo de […]

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Art. 74-1. Costo fiscal de las inversiones.

* -Adicionado- Para efectos del impuesto sobre la renta y complementarios, el costo fiscal de las siguientes inversiones será: 1. De los gastos pagados por anticipado, el costo fiscal corresponde a los desembolsos efectuados por el contribuyente, los cuales deberán ser capitalizados de confonnidad con la técnica contable y amortizados cuando se reciban los servicios […]

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Art. 75. Costo fiscal de los bienes incorporales formados.

* -Modificado- El costo fiscal de los bienes incorporales formados por los contribuyentes no obligados a llevar contabilidad, concemientes a la propiedad industrial, literaría, artística y científica, tales como patentes de invención, marcas, derechos de autor y otros intangibles, se presume constituido por el treinta por ciento (30%) del valor de la enajenación. Nota - […]

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Art. 76. Costo promedio de las acciones.

Cuando el contribuyente tuviere dentro de su patrimonio acciones de una misma empresa cuyos costos fueren diferentes, deberá tomar como costo de enajenación el promedio de tales costos.

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Art. 76-1. Ajuste al costo fiscal de acciones y participaciones.

Cuando se distribuyan dividendos en acciones, el accionista deberá ajustar el costo fiscal de las acciones que poseía antes de la distribución.Similar procedimiento se deberá seguir en la capitalización de las participaciones en las sociedades limitadas y asimiladas.

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