Art. 76-1. Ajuste al costo fiscal de acciones y participaciones.

Cuando se distribuyan dividendos en acciones, el accionista deberá ajustar el costo fiscal de las acciones que poseía antes de la distribución.Similar procedimiento se deberá seguir en la capitalización de las participaciones en las sociedades limitadas y asimiladas.

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Art. 77. Requisitos para su aceptación.

Cuando dentro de los costos o inversiones amortizables existan pagos o abonos en cuenta, que correspondan a conceptos respecto de los cuales obliga el cumplimiento de requisitos para su deducción, deben llenarse en relación con tales pagos o abonos, los mismos requisitos señalados para las deducciones.

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Art. 78. Paz y salvo por cuotas de fomento arrocero, cerealista y cacaotero.

Para que las personas naturales o jurídicas obligadas a recaudar las cuotas de fomento de que trata la Ley 67 de 1983, tengan derecho a que se les acepte como costos deducibles el valor de las compras durante el respectivo ejercicio gravable, deberán obtener un certificado de paz y salvo por concepto de dicha cuota, […]

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Art. 79. Determinación del valor de los pagos en especie que constituyen costo.

El valor de los pagos o abonos en especie que sean constitutivos de costos, se determinará conforme a lo señalado para los ingresos en el artículo 29.

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Art. 80. Determinación del valor de costos en divisas extranjeras.

*Los costos incurridos en divisas extranjeras se estiman por su precio de adquisición en moneda colombiana. Cuando se compren o importen a crédito mercancías que deban ser pagadas en moneda extranjera, los saldos pendientes de pago en el último día del año o período gravable se ajustan de acuerdo al tipo de cambio oficial. Igual […]

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Art. 81. Parte del componente inflacionario no constituye costo.

No constituirá costo el componente inflacionario de los intereses y demás costos y gastos financieros, incluidos los ajustes por diferencia en cambio, en el porcentaje que se indica a continuación: 30% para los años gravables 1989, 1990 y 1991 40% para el año gravable 1992 50% para el año gravable 1993 60% para el año […]

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Art. 81-1. Componente inflacionario que no constituye costo.

*Para los fines previstos en el artículo 81 del Estatuto Tributario, entiéndase por componente inflacionario de los intereses y demás costos y gastos financieros, el resultado de multiplicar el valor bruto de tales intereses o costos y gastos financieros, por la proporción que exista entre la tasa de inflación del respectivo ejercicio, certificada por el […]

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Art. 82. Determinación de costos estimados y presuntos.

Cuando existan indicios de que el costo informado por el contribuyente no es real o cuando no se conozca el costo de los activos enajenados ni sea posible su determinación mediante pruebas directas, tales como las declaraciones de renta del contribuyente o de terceros, la contabilidad o los comprobantes internos o externos, el funcionario que […]

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Art. 83. Determinación del costo de venta en plantaciones de reforestación.

*En plantaciones de reforestación se presume de derecho que el ochenta por ciento (80%) del valor de la venta, en cada ejercicio gravable, corresponde a los costos y deducciones inherentes a su explotación. Esta presunción sólo podrá aplicarse cuando se cumplan las siguientes condiciones: a. Que el contribuyente no haya solicitado en años anteriores ni […]

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Art. 84. Determinación del costo en venta de acciones de sociedades anónimas abiertas.

A partir del año gravable de 1989, para determinar la renta o ganancia ocasional proveniente de la enajenación en bolsa, de acciones de sociedades anónimas abiertas, los contribuyentes que posean un patrimonio bruto inferior a veinte millones (20.000.000) (Valor año base 1989), podrán ajustar por inflación el costo de dichas acciones al valor de mercado […]

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