Art. 311. De las ganancias ocasionales se restan las pérdidas ocasionales.

De las ganancias ocasionales determinadas en la forma prevista en este título se restan las pérdidas ocasionales, con lo cual se obtiene la ganancia o pérdida ocasional neta.

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Art. 311-1. Utilidad en la venta de la casa o apartamento.

(Nuevo texto Ley 2277 de 2022) Estarán exentas las primeras cinco mil (5.000) UVT de la utilidad generada en la venta de la casa o apartamento de habitación de las personas naturales contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, siempre que la totalidad de los dineros recibidos como consecuencia de la venta sean depositados en las […]

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Art. 312. Casos en los cuales no se aceptan pérdidas ocasionales.

Para efectos de determinar la ganancia ocasional, no se aceptarán pérdidas en los siguientes casos:1. En la enajenación de derechos sociales o acciones de sociedades de familia.2. En la enajenación de activos fijos, cuando la respectiva transacción tenga lugar entre una sociedad u otra entidad asimilada y personas naturales o sucesiones ilíquidas que sean económicamente […]

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Art. 313. Para las sociedades y entidades nacionales y extranjeras.

Fíjase en quince por ciento (15%) la tarifa única sobre las ganancias ocasionales de las sociedades anónimas, de las sociedades limitadas, y de los demás entes asimilados a unas y otras, de conformidad con las normas pertinentes. La misma tarifa se aplicará a las ganancias ocasionales de las sociedades extranjeras de cualquier naturaleza y a […]

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Art. 314. Para personas naturales residentes.

(Nuevo texto Ley 2277 de 2022) Fíjase en quince por ciento (15%) la tarifa única sobre las ganancias ocasionales de las sociedades anónimas, de las sociedades limitadas, y de los demás entes asimilados a unas y otras, de conformidad con las normas pertinentes. La misma tarifa se aplicará a las ganancias ocasionales de las sociedades extranjeras de […]

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Art. 315. El impuesto de ganancia ocasional para los no declarantes.

*- Los asalariados no obligados a presentar declaración de renta y complementarios y los demás contribuyentes no obligados a declarar, que hayan percibido ingresos constitutivos de ganancia ocasional, se regirán por lo dispuesto en el artículo 6o.

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Art. 316. Para personas naturales extranjeras sin residencia.

(Nuevo texto Ley 2277 de 2022) La tarifa única sobre las ganancias ocasionales de fuente nacional de las personas naturales sin residencia en el país y de las sucesiones de causantes personas naturales sin residencia en el país, es quince por ciento (15%). *-Modificado- La tarifa única sobre las ganancias ocasionales de fuente nacional de las […]

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Art. 317. Para ganancias ocasionales provenientes de loterías, rifas, apuestas y similares.

Fíjase en un veinte por ciento (20%), la tarifa del impuesto de ganancias ocasionales provenientes de loterías, rifas, apuestas y similares.

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Art. 318. Tratamiento de la ganancia ocasional como renta.

* -Derogado- Nota - Artículo Derogado Accounter.co

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Art. 319. Aportes a sociedades nacionales.

*-Adicionado- El aporte en dinero o en especie a sociedades nacionales no generará ingreso gravado para éstas, ni el aporte será considerado enajenación, ni dará lugar a ingreso gravado o pérdida deducible para el aportante, siempre que se cumplan las siguientes condiciones: 1. La sociedad receptora del aporte no realizará ingreso o pérdida como consecuencia […]

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