Art. 665. Responsabilidad penal por no consignar las retenciones en la fuente y el IVA.

*El Agente Retenedor que no consigne las sumas retenidas dentro de los dos (2) meses siguientes a aquel en que se efectuó la respectiva retención, queda sometido a las mismas sanciones previstas en la ley penal para los servidores públicos que incurran en el delito de peculado por apropiación. En la misma sanción incurrirá el […]

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Art. 666. Responsabilidad penal por no certificar correctamente valores retenidos.

*Los retenedores que expidan certificados por sumas distintas a las efectivamente retenidas, así como los contribuyentes que alteren el certificado expedido por el retenedor, quedan sometidos a las mismas sanciones previstas en la ley penal para el delito de falsedad. Tratándose de sociedades u otras entidades quedan sometidas a esas mismas sanciones las personas naturales […]

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Art. 667. Sanción por no expedir certificados.

*Los agentes retenedores que, dentro del plazo establecido por el Gobierno Nacional, no cumplan con la obligación de expedir los certificados de retención en la fuente, incluido el certificado de ingresos y retenciones, incurrirán en una multa equivalente al cinco por ciento (5%) del valor de los pagos o abonos correspondientes a los certificados no […]

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Art. 668. Sanción por extemporaneidad en la inscripción en el registro nacional de vendedores* e inscerición de oficio.

*Los responsables del impuesto sobre las ventas que se inscriban en el Registro Nacional de Vendedores* con posterioridad al plazo establecido en el artículo 507 y antes de que la Administración de Impuestos lo haga de oficio, deberán liquidar y cancelar una sanción equivalente a $146.000 por cada año o fracción de año calendario de extemporaneidad en […]

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Art. 669. Sanción por omitir ingresos o servir de instrumento de evasión.

*Los responsables del impuesto sobre las ventas pertenecientes al régimen común <régimen de responsabilidad del Impuesto sobre las Ventas (IVA)>, que realicen operaciones ficticias, omitan ingresos o representen sociedades que sirvan como instrumento de evasión tributaria, incurrirán en una multa equivalente al valor de la operación que es motivo de la misma. Esta multa se […]

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Art. 670. Sanción por improcedencia de las devoluciones o compensaciones.

*Las devoluciones y/o compensaciones efectuadas de acuerdo con las declaraciones del impuesto sobre la renta y complementarios, y del impuesto sobre las ventas, presentadas por los contribuyentes o responsables, no constituyen un reconocimiento definitivo a su favor. Si la Administración Tributaria dentro del proceso de determinación, mediante liquidación oficial, rechaza o modifica el saldo a […]

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Art. 671. Sanción de declaración de proveedor ficticio o insolvente.

*No serán deducibles en el impuesto sobre la renta, ni darán derecho a impuestos descontables en el impuesto sobre las ventas, las compras o gastos efectuados a quienes la DIAN hubiere declarado como: a. Proveedores ficticios, en el caso de aquellas personas o entidades que facturen ventas o prestación de servicios simulados o inexistentes. Esta […]

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Art. 671-2. Efectos de la insolvencia.

*La declaración administrativa de la insolvencia conlleva los siguientes efectos: a. Para las personas naturales su inhabilitación para ejercer el comercio por cuenta propia o ajena. b. Respecto de las personas jurídicas o sociedades de hecho, su disolución, la suspensión de sus administradores o representantes legales en el ejercicio de sus cargos o funciones y […]

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Art. 671-1. Insolvencia.

*Cuando la Administración Tributaria encuentre que el contribuyente durante el proceso de determinación y discusión del tributo, tenía bienes que, dentro del procedimiento administrativo de cobro, no aparecieren como base para la cancelación de las obligaciones tributarias y se haya operado una disminución patrimonial, podrá declarar insolvente al deudor, salvo que se justifique plenamente la […]

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Art. 671-3. Procedimiento para decretar la insolvencia.

*El Subdirector de Cobranzas o el Administrador de Impuestos Nacionales según el caso, mediante resolución declarará la insolvencia de que trata el artículo 671-1 del Estatuto Tributario. Contra esta providencia procede el recurso de reposición ante el mismo funcionario y en subsidio el de apelación, dentro del mes siguiente a su notificación. Los anteriores recursos […]

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