*Los contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -SIMPLE- no estarán sujetos a retención en la fuente y tampoco estarán obligados a practicar retenciones y autorretenciones en la fuente con excepción de las correspondientes a pagos laborales. En los pagos por compras de bienes o servicios realizados por los contribuyentes del impuesto […]
Leer másArt. 912. Crédito o descuento del impuesto por ingresos por tarjetas de crédito, débito y otros mecanismos de pagos electrónicos.
*Los pagos o abonos en cuenta susceptibles de constituir ingreso tributario para los contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -SIMPLE-, por concepto de ventas de bienes o servicios realizadas a través de los sistemas de tarjetas de crédito y/o débito y otros mecanismos de pagos electrónicos, generarán un crédito o descuento […]
Leer másArt. 913. Exclusión del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -SIMPLE- por razones de control.
*Cuando el contribuyente incumpla las condiciones y requisitos previstos para pertenecer al impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -SIMPLE- o cuando se verifique abuso en materia tributaria, y el incumplimiento no sea subsanable, perderá automáticamente su calificación como contribuyente del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -SIMPLE- y deberá declararse como […]
Leer másArt. 914. Exclusión del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -SIMPLE- por incumplimiento.
*Cuando el contribuyente incumpla los pagos correspondientes al total del periodo del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación - SIMPLE, será excluido del Régimen y no podrá optar por este en el año gravable siguiente al del año gravable de la omisión o retardo en el pago. Se entenderá incumplido cuando el retardo […]
Leer másArt. 915. Régimen de IVA y de impuesto al consumo.
*Los contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -SIMPLE son responsables del impuesto sobre las ventas - IVA o del impuesto nacional al consumo. En el caso de los contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -SIMPLE- que sean responsables del impuesto sobre las ventas- IVA, presentarán una declaración […]
Leer másArt. 916. Régimen de procedimiento, sancionatorio y de firmeza que las declaraciones del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación - SIMPLE.
*El régimen de procedimiento, sancionatorio y de firmeza de las declaraciones del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -SIMPLE- es el previsto en el Estatuto Tributario. Parágrafo. Los ingresos obtenidos por concepto de sanciones e intereses se distribuirán entre la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN Y las autoridades municipales y […]
Leer másArt. 917. División administrativa.
*Son funciones de la división Administrativa: a) Ejecutar los planes y programas de compra y prestación de servicios que garanticen el normal funcionamiento de la Administración; b) Elaborar el anteproyecto de necesidades presupuestales en materia de elementos, suministros y mantenimiento, de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Nivel Central; c) Administrar los almacenes de […]
Leer másArt. 918. Subadministración de grandes contribuyentes.
*Son funciones de la Subadministración de Grandes Contribuyentes: Corresponde a la Subadministración de Grandes Contribuyentes, dirigir, coordinar y ejecutar las funciones de recaudo, fiscalización, liquidación y recursos tributarios a través de sus correspondientes divisiones, con dedicación exclusiva al Grupo de Grandes Contribuyentes que sea señalado de conformidad con las normas pertinentes.
Leer másArt. 919. División de grandes contribuyentes.
*Son funciones de la División de Grandes Contribuyentes: a) Controlar y verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los grandes contribuyentes e inducir al cumplimiento voluntario de dichas obligaciones; b) Supervisar el desarrollo de los procesos de recaudo, fiscalización, liquidación, recursos y cobro de los tributos de los grandes contribuyentes; c) Efectuar los estudios […]
Leer másArt. 920. Funciones generales.
*Sin perjuicio de las funciones señaladas para cada una de las dependencias descritas anteriormente, corresponde a todas ellas las siguientes: a) Remitir de acuerdo con los procedimientos y términos señalados, la información de las actuaciones desempeñadas por cada una de ellas a la División de Control de gestión o quien haga sus veces; b) Las […]
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