*Las CHC y sus accionistas estarán sometidos al régimen general del impuesto sobre la renta respecto de las actividades gravadas realizadas en el territorio nacional y en el extranjero a través de establecimientos permanentes. Adicionalmente, se tendrán en cuenta las siguientes interacciones para efectos de la tributación de las CHC: 1. Las CHC se consideran […]
Leer másArt. 899. Subdirección de administración.
*Son funciones de la Subdirección de Administración: a) Elaborar el proyecto de presupuesto de la Dirección General de Impuestos Nacionales, supervisar la ejecución y proyectar las modificaciones que se requieran; b) Ejecutar las partidas asignadas en el fondo de divulgación tributaria, en los términos de delegación del Director General de Impuestos; c) Adelantar los trámites […]
Leer másArt. 900. División de recursos humanos.
*Son funciones de la División de Recursos Humanos: a) Organizar en coordinación con la Subdirección Escuela de Impuestos la preparación de pruebas para los concursos necesarios para el ingreso y promoción de funcionarios; b) Analizar las calificaciones de servicios de los funcionarios y efectuar los trámites ante el Departamento Administrativo del Servicio Civil; c) Coordinar […]
Leer másArt. 901. División de inspección.
*Son funciones de la División de Inspección; a) Vigilar la conducta de los funcionarios y adoptar las medidas necesarias para la prevención de irregularidades en materia disciplinaria; b) Investigar las irregularidades en la conducta de los funcionarios de la Dirección General; c) Atender las demandas instauradas contra el Ministerio de Hacienda en relación con actos […]
Leer másArt. 902. División financiera.
*Son funciones de la División Financiera: a) Elaborar el anteproyecto de presupuesto de la Dirección General de Impuestos Nacionales; b) Realizar las operaciones presupuestales, contables, de tesorería, publicaciones y servicios generales que le correspondan según las normas que regulan el Fondo de Divulgación Tributaria; c) Propender por el correcto funcionamiento logístico de las administraciones de […]
Leer másArt. 903. Creación del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación - SIMPLE.
*Créese a partir del 1 de enero de 2020 el impuesto unificado que se pagará bajo el régimen simple de tributación - SIMPLE, con el fin de reducir las cargas formales y sustanciales, impulsar la formalidad y, en general, simplificar y facilitar el cumplimiento de la obligación tributaria de los contribuyentes que voluntariamente se acojan […]
Leer másArt. 905. Sujetos pasivos
*Podrán ser sujetos pasivos del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -SIMPLE- las personas naturales o jurídicas que reúnan la totalidad de las siguientes condiciones: 1. Que se trate de una persona natural que desarrolle una empresa o de una persona jurídica en la que sus socios, partícipes o accionistas sean personas naturales, […]
Leer másArt. 904. Hecho generador y base gravable del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación - SIMPLE.
*El hecho generador del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación simple es la obtención de ingresos susceptibles de producir un incremento en el patrimonio, su base gravable está integrada por la totalidad de los ingresos brutos, ordinarios y extraordinarios, percibidos en el respectivo periodo gravable. Para el caso del impuesto de industria y […]
Leer másArt. 907. Impuestos que comprenden e integran el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación - SIMPLE.
*El impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación -SIMPLE comprende e integra los siguientes impuestos: 1. Impuesto sobre la renta; 2. Impuesto nacional al consumo, cuando se desarrollen servicios de expendio de comidas y bebidas; 3. Impuesto de industria y comercio consolidado, de conformidad con las tarifas determinadas por los consejos municipales y distritales, […]
Leer másArt. 906. Sujetos que no pueden optar por el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación - SIMPLE.
No podrán optar por el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación - SIMPLE: 1. Las personas jurídicas extranjeras o sus establecimientos permanentes. 2. Las personas naturales sin residencia en el país o sus establecimientos permanentes. 3. Las personas naturales residentes en el país que en el ejercicio de sus actividades configuren los elementos […]
Leer más