Art. 650. Sanción por uso fraudulento de cedulas.

El contribuyente o responsable que utilice fraudulentamente en sus informaciones tributarias cédulas de personas fallecidas o inexistentes, será denunciado como autor de fraude procesal. La Administración Tributaria desconocerá los costos, deducciones, descuentos y pasivos patrimoniales cuando la identificación de los beneficiarios no corresponda a cédulas vigentes, y tal error no podrá ser subsanado posteriormente, a […]

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Art. 650-1. Sanción por no informar la dirección.

* -Derogado- ** -Nota- Cuando en las declaraciones tributarias el contribuyente no informe la dirección, o la informe incorrectamente, se aplicará lo dispuesto en los artículos 580 y 589-1. ** Modificado Ley 962 de 2004 Ver Circular 118 de 2005

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Art. 650-2. Sanción por no informar la actividad económica.

* -Derogado-** -Nota- Cuando el declarante no informe la actividad económica, se aplicará una sanción hasta de $9.532.000 que se graduará según la capacidad económica del declarante. Lo dispuesto en el inciso anterior será igualmente aplicable cuando se informe una actividad económica diferente a la que le corresponde o a la que le hubiere señalado […]

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Art. 651. Sanción por no enviar información.

(Nuevo texto Ley 2277 de 2022) Las personas y entidades obligadas a suministrar información tributaria así como aquellas a quienes se les haya solicitado informaciones o pruebas, que no la suministren, que no la suministren dentro del plazo establecido para ello o cuyo contenido presente errores o no corresponda a lo solicitado, incurrirán.en la siguiente sanción.· […]

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Art. 652. Sanción por expedir facturas sin requisitos.

Quienes estando obligados a expedir facturas, lo hagan sin el cumplimiento de los requisitos establecidos en los literales a), h), e i) del artículo 617 del Estatuto Tributario, incurrirán en una sanción del uno por ciento (1%) del valor de las operaciones facturadas sin el cumplimiento de los requisitos legales, sin exceder de 950 UVT. […]

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Art. 652-1. Sanción por no facturar.

Quienes estando obligados a expedir facturas no lo hagan, podrán ser objeto de sanción de clausura o cierre del establecimiento de comercio, oficina o consultorio, o sitio donde se ejerza la actividad, profesión u oficio de conformidad con lo dispuesto en los artículos 657 y 658 del Estatuto Tributario.

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Art. 653. Constancia de la no expedición de facturas o expedición sin el lleno de los requisitos.

Cuando sobre las transacciones respecto de las cuales se debe expedir factura, no se cumpla con esta obligación o se cumpla sin el lleno de los requisitos establecidos en la ley, dos funcionarios designados especialmente por el Jefe de la División de Fiscalización para tal efecto, que hayan constatado la infracción, darán fe del hecho, […]

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Art. 654. Hechos irregulares en la contabilidad.

Habrá lugar a aplicar sanción por libros de contabilidad, en los siguientes casos:a. No llevar libros de contabilidad si hubiere obligación de llevarlos.b. No tener registrados los libros principales de contabilidad, si hubiere obligación de registrarlos.c. No exhibir los libros de contabilidad, cuando las autoridades tributarias lo exigieren.d. Llevar doble contabilidad.e. No llevar los libros […]

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Art. 655. Sanción por irregularidades en la contabilidad.

Sin perjuicio del rechazo de los costos, deducciones, impuestos descontables, exenciones, descuentos tributarios y demás conceptos que carezcan de soporte en la contabilidad, o que no sean plenamente probados de conformidad con las normas vigentes, la sanción por libros de contabilidad será del medio por ciento (0.5%) del mayor valor entre el patrimonio líquido y […]

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Art. 656. Reducción de las sanciones por libros de contabilidad.

* -Derogado-Las sanciones pecuniarias contempladas en el artículo 655 se reducirán en la siguiente forma: a. A la mitad de su valor, cuando se acepte la sanción después del traslado de cargos y antes de que se haya producido la resolución que la impone. a.Al setenta y cinco por ciento (75%) de su valor, cuando […]

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